Resolución número 001272 de 2020, por la cual se adiciona y modifica el artículo 1º de la Resolución número 202 de 2010 - 18 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846693445

Resolución número 001272 de 2020, por la cual se adiciona y modifica el artículo 1º de la Resolución número 202 de 2010

EmisorMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Número de Boletín51379

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en uso de sus facultades legales, en particular las que le confiere el artículo 6º de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 5º de la Ley 1978 de 2019, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución número 202 del 8 de marzo de 2010 el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió el glosario de definiciones para el Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, conforme a lo ordenado por el inciso segundo del artículo de la Ley 1341 de 2009.

El citado precepto fue modificado por el artículo 5º de la Ley 1978 de 2019, y señala que "el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el apoyo técnico de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, deberá expedir el glosario de definiciones acordes con los postulados de la UIT y otros organismos internacionales con los cuales Colombia sea firmante de protocolos referidos a estas materias".

La reforma introducida por la Ley 1978 de 2019 incorpora un mandato de focalización y priorización de las inversiones para lograr el cierre de la brecha digital, mediante la promoción prioritaria del acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la población pobre y vulnerable, en zonas rurales y apartadas del país.

De acuerdo con dicho mandato, es necesario adicionar al glosario de la Resolución número 202 de 2010 los términos de acceso universal y servicio universal, que deben guiar la intervención del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como las inversiones del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, según lo dispuesto en la citada ley.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 1978 de 2019, que modificó el artículo 6º de la Ley 1341 de 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones analizaron los términos "interconexión" e "interoperabilidad" contenidos en el artículo 1º de la Resolución número 202 de 2010, y concluyeron que es necesario suprimirlos de dicha normativa, por cuanto ya se encuentran establecidos en la Resolución número 5050 de 2016, por la cual se compilan las Resoluciones de Carácter General vigentes...

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