Resolución número 00141 de 2020, por medio de la cual se modifica el numeral 10.7.2 del Manual Estandarizado de Medidas de Segur idad para la Aviación Civil, incorporado a la norma RAC 160 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia - 13 de Enero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 838825391

Resolución número 00141 de 2020, por medio de la cual se modifica el numeral 10.7.2 del Manual Estandarizado de Medidas de Segur idad para la Aviación Civil, incorporado a la norma RAC 160 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51195

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 1782 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en los artículos 2º y 5º numerales 3, 6 y 10 y el artículo 9º numerales 4 y 12 del Decreto 260 de 2004 modificado por el Decreto 823 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 10.7.2 del Manual Estandarizado de Medidas de Seguridad para la Aviación Civil, incorporado a la norma RAC 160 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia se venía admitiendo denuncia por pérdida de documentos de identificación, como requisito supletorio a falta de la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad, para el chequeo, acceso a zonas de seguridad restringida con fines de embarque en los aeropuertos del país.

Que en cumplimiento del artículo 30 del Decreto 019 de 2012, no es pertinente exigir la presentación de denuncia por pérdida de documentos con el fin de tramitar la expedición del duplicado o remplazo correspondiente, ante lo cual las personas que han perdido sus documentos de identidad por circunstancias diferentes al hurto no cuentan con un documento de denuncia.

Que de conformidad con el Decreto 2106 del 22 de noviembre de 2016, se ha establecido en el artículo 11 que para garantizar el acceso de todas las autoridades a las soluciones tecnológicas que permitan la identificación de los colombianos en medios electrónicos, la Registraduría Nacional del Estado Civil deberá establecer las condiciones y los mecanismos necesarios para garantizar la interoperabilidad de sus bases de datos en el marco de la prestación de los Servicios Ciudadanos Digitales de los que trata el presente decreto con el apoyo del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Que de acuerdo con el artículo 19 del referido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR