Resolución número 001587 de 2020, por la cual se sustituye el anexo de la Resolución número 001350 del 30 de julio de 2020, por la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - 28 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847630644

Resolución número 001587 de 2020, por la cual se sustituye el anexo de la Resolución número 001350 del 30 de julio de 2020, por la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

EmisorMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Número de Boletín51420

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 60 y 61 literal g) de la Ley 489 de 1998, del Decreto número 1064 de 2020, el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto número 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante Resolución 1350 del 30 de julio de 2020, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones adoptó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman su planta de personal, estableciéndose aquel dentro del anexo de la mentada resolución.

Acorde con las verificaciones efectuadas por la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, se identificó la necesidad de hacer el ajuste e inclusión de algunas Fichas Ocupacionales en las dependencias donde se reubicaron los empleos de la planta de personal del Ministerio, conforme a la proyección y ajuste funcional de los Grupos Internos de Trabajo de la Entidad, situación que correlativamente conlleva el ajuste del ítem de algunas alternativas en los requisitos de formación académica y experiencia conforme lo establecido en el Decreto número 1083 de 2015, "Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública".

Los ajustes respectivos fueron identificados y propuestos por el Ministerio bajo los parámetros técnicos definidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública para algunos empleos del manual específico de funciones y competencias laborales, en cumplimiento del Decreto número 1083 de 2015, título 2, parte 2, libro 2, sobre "[f]unciones y requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional".

Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.2.2.7.6 del Decreto 1083 de 2015, el cual dispone la salvaguarda en la ocupación de los empleos provistos de conformidad con normas anteriores al 17 de septiembre de 2014, quienes para todos los efectos legales y mientras permanezcan en los mismos empleos, o sean trasladados o incorporados a cargos equivalentes o de igual denominación y grado de remuneración, no se les exigirán los requisitos establecidos en el Título 2...

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