Resolución número 001692 de 2017, por la cual se establecen los criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de medicamentos para la Hepatitis C crónicay el seguimiento a los pacientes diagnosticados con dicha patología y se dictan otras disposiciones - 23 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 680246261

Resolución número 001692 de 2017, por la cual se establecen los criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de medicamentos para la Hepatitis C crónicay el seguimiento a los pacientes diagnosticados con dicha patología y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50242

La Viceministra de Protección Social, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los numerales 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el parágrafo 4º del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, el artículo 90 de la Ley 1438 de 2011 y el Decreto número 822 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 1751 de 2015 "por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" , el Estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, para lo cual deberá, entre otras obligaciones, "adoptar la regulación y las políticas indispensables para financiar de manera sostenible los servicios de salud y garantizar el flujo de los recursos para atender de manera oportuna y suficiente las necesidades en salud de la población";

Que en desarrollo del principio de eficiencia, consagrado en el artículo 6º de la Ley 1751 de 2015, "el sistema de salud debe procurar por la mejor utilización social y económica de los recursos, servicios y tecnologías disponibles para garantizar el derecho a la salud de toda la población";

Que gracias a los tratamientos de vanguardia como el realizado con medicamentos antivirales de acción directa, el VHC, es considerada una enfermedad prevenible y controlable, logrando con dichos tratamientos una respuesta virológica sostenible a través de la eliminación del virus en un 95% de los casos, sin embargo su alto costo compromete la sostenibilidad financiera de la atención a esta patología, por lo que el mecanismo de compra directa previsto permite un mayor cobertura a favor de la población afectada;

Que este Ministerio y la Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS, suscribieron el Acuerdo número 093 de 2010, mediante el cual se fijaron las condiciones de participación del país en el Fondo Rotatorio Regional para la Adquisición de Productos Estratégicos de Salud Pública OPS/OMS, el cual favorece la reducción de los costos de adquisición de los productos estratégicos derivado de la compra a grandes escalas, contribuyendo al mejoramiento de las condiciones de aseguramiento de altos estándares de calidad y la disponibilidad de dichos productos a los Estados Miembros de la OPS/OMS;

Que por lo anterior y, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 90 de la Ley 1438 de 2011, que faculta entre otras, a las entidades públicas para realizar compras centralizadas de medicamentos, este Ministerio considera necesario realizar dicha compra a través del Fondo...

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