Resolución número 002297 de 2020, por la cual se autoriza la utilización de la firma mecánica en actuaciones que adelantan la Dirección de Industria de Comunicaciones y las Subdirecciones para la Industria de Comunicaciones y de Radiodifusión Sonora - 13 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 852308494

Resolución número 002297 de 2020, por la cual se autoriza la utilización de la firma mecánica en actuaciones que adelantan la Dirección de Industria de Comunicaciones y las Subdirecciones para la Industria de Comunicaciones y de Radiodifusión Sonora

EmisorMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Número de Boletín51497

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas en el artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 14 de la Ley 1978 de 2019

CONSIDERANDO QUE:

El artículo 12 del Decreto-ley 2150 de 1995, dispone que, "[l]os jefes de las entidades que integran la Administración Pública podrán hacer uso, bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general, deben informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico".

Mediante el Decreto número 1064 de 2020, artículos 17, 18 y 19, y la Resolución número 1725 de 2020, en sus artículos 1.4, 1.17 y 1.18, se asignan y delegan funciones en el Director de Industria de Comunicaciones, el Subdirector para la Industria de Comunicaciones y el Subdirector de Radiodifusión Sonora, quienes para el oportuno y eficiente ejercicio de sus funciones requieren la autorización para el uso de la firma mecánica que atienden, entre otros, a los postulados de la eficiencia y eficacia y, al mismo tiempo, permite mantener los atributos de autenticidad, disponibilidad e integridad de los documentos y actos administrativos que les compete expedir a los citados funcionarios.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Autorización de la firma mecánica.

Autorizar el uso de la firma mecánica para la suscripción de documentos y actos administrativos expedidos por el Director de Industria de Comunicaciones y los subdirectores para la Industria de Comunicaciones y de Radiodifusión Sonora conforme con el anexo 1, que hace parte integral de la presente resolución. Los funcionarios autorizados en virtud de la presente resolución harán uso de la firma mecánica de manera restrictiva y bajo su responsabilidad.

Artículo 2º Gestión de la firma mecánica.

Las firmas mecánicas autorizadas a través de la presente resolución serán alojadas en los servidores y plataformas tecnológicas de atención de solicitudes administradas por la Oficina de Tecnologías de la Información del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones...

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