Resolución número 002315 de 2016, por medio de la cual se promulga la Carta Deportiva Fundamental de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa 2017 - 2 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 670240601

Resolución número 002315 de 2016, por medio de la cual se promulga la Carta Deportiva Fundamental de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa 2017

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre
Número de Boletín50163

La Directora del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes)

En ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) como máximo organismo planificador, rector, director y coordinador del Sistema Nacional del Deporte; de acuerdo a lo señalado en el artículo 3º del Decreto 4183 de 2011, "Formular, adoptar, dirigir, coordinar, y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia de deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, la cohesión social, la conciencia nacional, y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados.

Que mediante Resolución número 000595 del 13 de abril de 2013, se crearon los Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa, que se llevarán a cabo cada dos (2) años iniciando en el año 2013, con el fin de fortalecer los procesos de desarrollo y alta competencia en dichas disciplinas a nivel nacional.

Que para el desarrollo de dicho evento deportivo nacional se hace necesario reglamentar las condiciones de organización, participación y desarrollo de la III versión de los Juegos Deportivos de Mar y Playa en cumplimiento de los principios de planeación, transparencia y ética que fundamentan la actuación pública.

Que la promulgación de la Carta Deportiva Fundamental de la III versión de los Juegos Deportivos de Mar y Playa, es una atribución de la Directora del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), de conformidad con el artículo 11 del Decreto 4183 del 3 de noviembre de 2011 que dispone: Son funciones del Despacho del Director del Departamento, además de las previstas en la Constitución, la ley, "Expedir los actos administrativos que le correspondan de acuerdo con la ley y decidir sobre los recursos legales que se interpongan contra los mismos; refrendar con su firma los actos del Presidente de la República que por disposiciones constitucionales o legales sean de su competencia".

Que en consecuencia, se hace necesario generar los espacios de competencia conducentes a elevar los niveles de los Deportes de Mar y Playa a través de la institucionalización de Juegos Deportivos de carácter Nacional para estas disciplinas.

Que de acuerdo a lo anterior es necesario reglamentar las directrices de participación de las Delegaciones Deportivas Departamentales en los Juegos Deportivos de Mar y Playa y por consiguiente, es necesario promulgar la Carta Deportiva Fundamental para estas justas.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO I Artículos 1 a 7

DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES CAPÍTULO I

Fundamentación

Artículo 1 Los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa se desarrollarán en observancia de los principios fundamentales consignados en el artículo 4º de la Ley 181 de 1995, como son Derecho Social, Universalidad, Participación Comunitaria, Integración Funcional, Democratización y Ética Deportiva.
Artículo 2º La Carta Deportiva Fundamental de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa, representa el precepto de mayor jerarquía normativa, para estos juegos, por lo que en caso de incompatibilidad con cualquier otra disposición deportiva, priman sus disposiciones, siempre y cuando no resulten contrarias a la Constitución Política o a la ley.

Parágrafo. Es deber de los diferentes estamentos involucrados en el desarrollo de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa, así como de los atletas participantes, respetar y obedecer los preceptos contenidos en la presente disposición, como también las decisiones adoptadas por las autoridades reconocidas en el presente acto.

CAPÍTULO II Artículo 3

Definición y objetivos

Artículo 3º Los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa, se realizarán en categoría abierta cada dos (2) años, como inicio del ciclo selectivo y de preparación de los atletas que representarán el país en competiciones o eventos deportivos continentales de estas disciplinas.

Por tanto las directrices establecidas en la presente resolución, tienen entre otros, los siguientes objetivos:

  1. Establecer un conjunto normativo armónico que, en consonancia con las disposiciones legales vigentes, ofrezca las condiciones que garanticen el correcto desarrollo de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa.

  2. Organizar y establecer las bases y criterios de participación en los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa, con el fin de ofrecer un sistema de reglas que garanticen el ejercicio de los derechos de los participantes, así como el cumplimiento de los deberes establecidos en la presente resolución.

  3. Ofrecer a los atletas que desarrollan el deporte de competencia, en las disciplinas de Mar y Playa un escenario para medir las condiciones de rendimiento deportivo, para lo cual se buscará contar con la mayor representación de cada uno de los departamentos, el Distrito Capital y la Federación Deportiva Militar y garantizar la presencia de los mejores atletas del Deporte Nacional.

Parágrafo. Los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa se realizarán en la ciudad de Tumaco entre el 12 y el 21 de mayo de 2017.

CAPÍTULO III Artículos 4 a 7

Del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes)

Artículo 4º El Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), crea la estructura nacional para la dirección y organización de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa, que será la encargada de orientar y coordinar el proceso de organización de los Juegos con la sede.
Artículo 5º Corresponde al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), definir la estructura operativa de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa en la sede y hacerla cumplir.
Artículo 6º Es responsabilidad del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), velar por la participación de todos los Departamentos, el Distrito Capital y la Federación Deportiva Militar, a fin de cumplir con los principios de universalidad y democratización de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa.
Artículo 7º

La Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), será la responsable de definir con las Federaciones Deportivas Nacionales las necesidades en los aspectos técnicos y términos de referencia de la imple-mentación deportiva requerida para la realización de las competencias.

TÍTULO II Artículos 8 a 16

DE LA ESTRUCTURA DE LOS JUEGOS CAPÍTULO I

Estructura y niveles de organización

Artículo 8º La estructura de los III Juegos Deportivos de Playa, estará conformada en orden jerárquico por:
  1. Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).

  2. El Comité Organizador Nacional de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa.

  3. El Director General de los Juegos.

  4. El Comité Operativo local de la sede.

CAPÍTULO II Artículo 9

El Director de Coldeportes

Artículo 9º Corresponde a la Dirección General del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), como estamento de mayor jerarquía dentro de la estructura interna de Coldeportes, expedir las normas para la organización de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa.
CAPÍTULO III Artículos 10 y 11

Comité Organizador

Artículo 10 El Comité Organizador estará integrado por:
  1. Director del DepartamentoAdministrativo del Deporte, la Recreación,Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) o su representante quien lo presidirá.

  2. Subdirector General del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) o su delegado.

  3. El Director General de los III Juegos Deportivos Nacionales de Mar y Playa.

  4. Director de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).

  5. Director de posicionamiento y liderazgo deportivo del Deporte...

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