Resolución número 00234 de 2021, por la cual se modifican unas secciones a la norma RAC 211 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil |
Número de Boletín | 51583 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 1782 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en los artículos 2º y 5º numerales 4, 5, 6, y 8; y el artículo 9º numeral 4 del Decreto número 260 de 2004, modificado por el Decreto número 823 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la República de Colombia es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), al haber suscrito el Convenio sobre Aviación Civil Internacional de Chicago de 1944, aprobado mediante la Ley 12 de 1947 y, como tal, debe dar cumplimiento a dicho Convenio y a las normas contenidas en sus Anexos.
Que, en aplicación del artículo 37 del mencionado Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Colombia, como Estado miembro, debe colaborar a fin de lograr el más alto grado de uniformidad posible con las normas internacionales y procedimientos adoptados por la Organización de Aviación Civil Internacional, en lo relacionado con las aeronaves, personal, rutas aéreas, servicios auxiliares y en todas las materias en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea.
Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), como autoridad aeronáutica de la República de Colombia, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 37 del Convenio y debidamente facultada por el artículo 1782 del Código de Comercio y el artículo 2º del Decreto número 260 de 2004, modificado por el Decreto número 823 de 2017, es la encargada de expedir los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC), con fundamento en los referidos Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
Que, igualmente, es función de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), como autoridad aeronáutica, garantizar el cumplimiento del Convenio sobre Aviación Civil Internacional junto con sus Anexos y armonizar los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) con las disposiciones que promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional, tal y como se dispone en el artículo 4º, numerales 4 y 5 del Decreto número 260 de 2004, modificado por el Decreto número 823 de 2017.
Que, con fundamento en lo anterior, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil ha expedido reglamentos en desarrollo del Anexo 11 al Convenio sobre Aviación Civil...
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