Resolución número 002986 de 2018, por medio de la cual se modifica la Resolución número 2891 de 2017 - 13 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 732022549

Resolución número 002986 de 2018, por medio de la cual se modifica la Resolución número 2891 de 2017

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50653

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en los artículos 9º de la Ley 1787 de 2016 y 2.8.11.7.1 del Decreto número 780 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 2891 de 2017 el Ministerio de Salud y Protección Social estableció el Manual Tarifario de los Costos de Evaluación y de Seguimiento y Control que deben pagar las personas naturales y jurídicas solicitantes de licencia de fabricación de derivados de cannabis para uso medicinal y científico;

Que se hace necesaria la modificación del mencionado acto, en el sentido de establecer la tarifa por costos de evaluación y de seguimiento y control, en los casos que, dentro del trámite, se solicite la inclusión de modalidades adicionales en la licencia de fabricación de derivados de cannabis, para lo cual es pertinente agregar un parágrafo a cada una de las disposiciones de la resolución que establecen los costos de la evaluación y del seguimiento y control;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 3º de la Resolución número 2891 de 2017, el cual quedará así:

"Artículo 3º. Pago de la tarifa por costos de evaluación. El pago de esta tarifa cubre los costos de todos los procesos y actividades de evaluación que realiza el Ministerio de Salud y Protección Social para expedir las licencias de fabricación en una o varias de las modalidades y corresponde a los siguientes montos:

Parágrafo. Los solicitantes o los titulares de la licencia de fabricación de derivados de cannabis podrán adicionar modalidades que no hayan sido pedidas en la solicitud inicial.

Cuando la solicitud de adición de la (s) modalidad (es) se realice antes de la expedición del acto administrativo a través del cual se otorga la licencia de fabricación de derivados de cannabis, el solicitante deberá pagar por costos de evaluación, la diferencia resultante entre la tarifa de la (s) modalidad (es) inicialmente solicitada (s) y aquella (s) que pretenda añadir, de conformidad con los valores previstos en la tabla de tarifas dispuesta en el presente artículo. Cuando la solicitud de adición de la (s) modalidad (es) se realice con posterioridad a la expedición del acto, el licenciatario...

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