Resolución número 0032 de 2021, por la cual se efectúa una distribución parcial del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la vigencia fiscal de 2021 - 28 de Enero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 857283280

Resolución número 0032 de 2021, por la cual se efectúa una distribución parcial del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la vigencia fiscal de 2021

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín51571

El Viceministro de Agua y Saneamiento Básico, en ejercicio de sus facultades legales, la Resolución 0370 de julio 23 de 2020 y en especial la prevista en el artículo 17 del Decreto 1805 del 31 de diciembre de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional, con base en la Ley 2063 de 28 de noviembre de 2020 "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2021", expidió el Decreto número 1805 del 31 de diciembre de 2020, "Por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la Vigencia fiscal de 2021, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos";

Que el artículo número 17 de la Ley 2063 del 28 de noviembre de 2020 y el artículo 17 del Decreto 1805 del 31 de diciembre de 2020 establecen que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden Nacional, éstas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos Directivos lo hará el representante legal de estos.

Estas operaciones presupuestales, se someterán a aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas.

Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención.

A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de estas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores, en la misma vigencia de la distribución.

Tratándose de gastos de inversión, la operación presupuestal...

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