Resolución número 00336 de 2018, por la cual se decide una actuación administrativa del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-903098 - 3 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744758893

Resolución número 00336 de 2018, por la cual se decide una actuación administrativa del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-903098

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50766

Expediente número 242 de 2017.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42, 43 de la Ley 1437 de 2011 y artículo 22 del Decreto número 2723 de 2014.

ANTECEDENTES

Mediante Turno de Documento número 2017-18668 de fecha 21 de marzo de 2017, ingresa para su registro, la sentencia de pertenencia de fecha 29 de agosto de 2016, proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Funza, en la que se relaciona el inmueble identificado con Folio número 50N-903098, descrito así: "Predio rural con vocación agraria, ubicado en la Vereda La Honduras del municipio de El Rosal-Cundinamarca..."; en el proceso de calificación, se detecta por parte del abogado calificador Aboga208. que el inmueble referido se encuentra en el municipio de Subachoque y hace la remisión al área de antiguo sistema para que se certifique dicha situación.

El área de antiguo sistema mediante Radicado número 50N2017AS-169 de fecha 22 de mayo de 2017, certifica que el predio se encuentra en el municipio de Subachoque, como consta en la Escritura número 3562 de fecha 21 de julio de 1959 otorgada en la Notaría 2a de Bogotá, remite RIP de correcciones, teniendo en cuenta que el folio magnético no muestra tal situación.

El Turno número 2017-18668 es remitido por la Coordinación Jurídica el 5 de junio de 2017 al grupo de abogados especializados, dando apertura al Expediente número

242 de 2017.

El día 31 de agosto de 2017 con Radicado número 50N2017ER19177, se allega solicitud de traslado de folio por parte de la Asociación Conciencia Ecológica (Asocoe), sin embargo, estudiada la Resolución número 9177 de fecha 11 de octubre de 2010 de la SNR, se determina que no procede el traslado del folio, por cuanto por circunscripción territorial, los dos pertenecen a la ORIP-Zona Norte; sin embargo, al revisar el turno de documento, con el oficio del área de antiguo sistema y el folio magnético, se evidencia que el Folio número 50N-903098, no exhibe su real situación jurídica por cuanto en el sistema no se encuentra grabada la información, conforme al título que le dio apertura al folio.

Con fundamento en lo anterior y mediante Auto número 000082 de fecha 29 de noviembre de 2017, se inició actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-903098, comunicándose de dicha decisión a la Asociación Conciencia Ecológica (Asocoe) y al Juzgado Civil del Circuito de Funza para que obre en el proceso ordinario de declaración de pertenencia con Radicado número 25286310300120140052600, a los señores Ramiro de Jesús Mariaca Silva, Nelly Elisa Peña Traslaviña, Rodolfo Frasser Molina, Enrique Arévalo Sinibaldo, María Antonia Prieto de Prieto las cuales no se logró establecer dirección ni número de telefónica, según constancia de fecha 28/02/2017 expedida por la Coordinadora del Grupo Jurídico de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte, a los indeterminados y a quienes no fue posible darla a conocer, se les comunicó con la publicación en el diario El Tiempo en su edición del 14 de febrero de 2018 y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, según constancia del Grupo de Divulgación, de fecha 12 de marzo de 2018, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.

INTERVENCIÓN DE TERCEROS

En curso la actuación administrativa, por escrito radicado con el número 50N2018ER02729 de fecha 23 de febrero de 2018, se...

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