Resolución número 0034 de 2020, por la cual, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, se delega una función - 28 de Abril de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844292772

Resolución número 0034 de 2020, por la cual, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, se delega una función

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51299

El Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confieren los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 y el artículo 49 del Decreto 40408 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del artículo del Decreto 4048 de 2008, asignó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la administración de los impuestos de renta y complementarios, de timbre nacional y sobre las ventas, los derechos de aduana y comercio exterior, así como los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado, bien se trate de impuestos internos o al comercio exterior, en lo correspondiente a su recaudación, fiscalización, control, represión, penalización, liquidación, discusión, cobro, devolución y sanción;

Que el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró que el brote de COVID-19 es una pandemia, y que el país viene siendo afectado con el incremento de casos de la enfermedad denominada COVID-19;

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional;

Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al país por causa del nuevo coronavirus COVID-19;

Que el artículo 3º del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, señaló que el Presidente de la República, además de las medidas anunciadas en la parte considerativa, podrá adoptar

medidas necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, y así mismo dispondrá las apropiaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo;

Que el Gobierno nacional en desarrollo de lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR