Resolución número 00382 de 2018, por medio de la cual se decide una actuación administrativa. - 3 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744758949

Resolución número 00382 de 2018, por medio de la cual se decide una actuación administrativa.

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50766

Expediente AA290 de 2017.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42 y 43 de la Ley 1437 de 2011, 22 del Decreto 2723 de 2014 e Instrucción Administrativa 11 de 2015 de la SNR, y

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

Mediante escrito radicado bajo consecutivo 50N2017ER14875 de 29 de junio de 2017, la señora Amparo Pilar Cáceres Ramírez solicitó a esta Oficina anular las anotaciones 21 y 22 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-20137038 en razón a que ella no vendió su predio.

La señora Cáceres informó en su escrito que al indagar en la Notaría Única de Mosquera por la escritura 715 de 30 de marzo de 2016 inscrita en anotación número 21 del citado folio, encontró que ni la fecha ni el contenido de la escritura coinciden con la información registrada y para probar su afirmación aportó fotocopia de la escritura pública número 715 de 6 de mayo de 2016 de la Notaría Única de Mosquera que contiene un contrato de compraventa de bienes ubicados en el municipio de Mosquera, departamento de Cundinamarca.

Para apoyar su petición también aportó fotocopia de la escritura número 173 de 6 de febrero de 2017 de la Notaría 4a de Bogotá y copia de la denuncia instaurada por los hechos expuestos.

LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

Con Auto número 044 de 29 de agosto de 2017 se inició actuación administrativa con el fin de establecer la real situación jurídica del inmueble, identificado con folio de matrícula inmobiliaria 50N-20137038.

Este acto administrativo fue comunicado a Amparo Pilar Cáceres Ramírez, Juan Carlos Torres López y Luis Fernando Ocampo Perilla.

Adicionalmente fue publicado en la página web de esta Superintendencia el 14 de marzo de 2018 y en el periódico El Tiempo el 16 de octubre de 2017, en su edición número 37560, publicaciones que tienen por fin informar de la actuación a terceros indeterminados.

Durante el trámite no se presentó la intervención de terceros.

PRUEBAS

Conforman el acervo probatorio tos siguientes documentos:

  1. Certificado de tradición del folio de matrícula inmobiliaria 50N-20137038 impreso el 4 de mayo de 2016.

  2. Copia simple de la escritura pública número 715 de 6 de mayo de 2016 de la Notaría Única de Mosquera.

  3. Copia simple y copia auténtica de la escritura pública número 173 de 6 de febrero de 2017 de la Notaría Cuarta (4a) de Bogotá.

  4. Copia de la denuncia penal presentada ante la Fiscalía General de la Nación por la señora Amparo Pilar Cáceres Ramírez, el día 27 de junio de 2017.

  5. Copia impresa del programa Iris Documental de la escritura pública número 715 de 30 de marzo de 2016 de la Notaría Única de Mosquera.

  6. Copia impresa del programa Iris Documental de la escritura pública número 173 de 6 de febrero de 2017 de la Notaría Cuarta (4a) de Bogotá.

  7. Oficio número 692 del 16 de diciembre de 2017 firmado por la notaria encargada de la Notaría Única de Mosquera radicado con consecutivo 50N2017ER27905 de 20/12/2017.

  8. Oficio sin número del 3 de agosto de 2018, expedido por el Notario Cuarto Encargado del Círculo de Bogotá radicado con consecutivo 50N2018ER14840 de 6 de agosto de 2018.

  9. Impresión simple del folio de matrícula inmobiliaria 50N-20137038.

    CONSIDERACIONES

    Verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos por esta...

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