Resolución número 004005 de 2016, por la cual se reglamentan los términos y condiciones para la financiación de la población privada de la libertad a cargo del Inpec, que se encuentre afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) - 5 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 648686393

Resolución número 004005 de 2016, por la cual se reglamentan los términos y condiciones para la financiación de la población privada de la libertad a cargo del Inpec, que se encuentre afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49987

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 173 numeral 7 de la Ley 100 de 1993 y 2º numeral 8 del Decreto-ley 4107 de 2011, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.11.1.3 del Decreto 1069 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 48 de la Constitución Política establece que la seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará por entidades públicas o privadas bajo la dirección, coordinación y control del Estado en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad y que se garantiza a todos los habitantes como un derecho irrenunciable.

Que el artículo 49 ibídem, consagra como obligación del Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

Que mediante el Decreto 1142 de 2016, se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capítulo 11 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, previendo que la población privada de la libertad podrá mantener su afiliación al Régimen Contributivo o a regímenes exceptuados o especiales, siempre que cumplan con las condiciones establecidas para pertenecer a dichos regímenes en los términos definidos por la ley y sus reglamentos.

Que la misma norma dispuso, respecto de las personas en prisión domiciliaria, que quienes no estén afiliadas al régimen contributivo del SGSSS o a regímenes especiales o de excepción, serán cubiertas por el régimen subsidiado del SGSSS y financiados con los recursos del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad.

Que se hace necesario establecer disposiciones relacionadas con la financiación de la población privada de la libertad a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) que se encuentre afiliada al Sistema General de Seguridad Social (SGSSS) en los términos del Decreto 1142 de 2016, modificatorio del Capítulo 11 del Título 1 de la Parte

2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

La presente resolución tiene por objeto establecer los términos y condiciones que permitan la financiación de la población privada de la libertad a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), que se encuentre afiliada al Sistema General de Seguridad Social (SGSSS) en el marco de lo previsto en los artículos 2.2.1.11.1.1, 2.2.1.11.1.3 y 2.2.1.11.2.3 del Decreto 1069 de 2015 modificados por los artículos , y del Decreto 1142 de 2016 respectivamente. Igualmente, el reporte de esta población por parte del Inpec al Ministerio de Salud y Protección Social, el giro de los recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para esta población afiliada al régimen subsidiado y de las tecnologías y servicios no cubiertos por el plan de beneficios del SGSSS en ambos regímenes, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 5º del artículo 2.2.1.11.2.3 del precitado Decreto 1069 de 2015.

Artículo 2º

Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente resolución aplican a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), a las entidades que administran los regímenes especiales y de excepción, al Instituto...

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