Resolución número 00474 de 2021, por la cual se modifica la Resolución número 02343 del 27 de noviembre de 2020 que aprueba el documento que contiene el Plan Maestro para el Aeropuerto del Café ubicado en el municipio de Palestina que prestará los servicios a la ciudad de Manizales, al departamento de Caldas y al Eje Cafetero - 18 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862897867

Resolución número 00474 de 2021, por la cual se modifica la Resolución número 02343 del 27 de noviembre de 2020 que aprueba el documento que contiene el Plan Maestro para el Aeropuerto del Café ubicado en el municipio de Palestina que prestará los servicios a la ciudad de Manizales, al departamento de Caldas y al Eje Cafetero

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51620

El Secretario de Sistemas Operacionales de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 1º de la Resolución interna número 04350 del 19 de octubre de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que el día 27 de noviembre de 2020 se expidió la Resolución número 02343 "Por la cual se aprueba el documento que contiene el Plan Maestro para el Aeropuerto del Café ubicado en el municipio de Palestina que prestará los servicios a la ciudad de Manizales, al Departamento de Caldas y al eje cafetero", publicada en el Diario Oficial 51.543 del 30 de diciembre de 2020;

Que el departamento de Caldas, municipio de Manizales, municipio de Palestina, Instituto de Financiamiento y Desarrollo de Caldas (Inficaldas), Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Manizales (Infimanizales) ostentan la calidad de socios aportantes del proyecto Aeropuerto del Café, conforme a los Estatutos de la Asociación Aeropuerto del Café de 02 de septiembre de 2008;

Que de acuerdo a lo establecido en el literal b) el numeral 14.2.2.5.3 del Reglamento Aeronáutico de Colombia RAC 14, "Cuando el aeropuerto público sea de propiedad o administrado por una entidad territorial, la responsabilidad por la elaboración, revisión,

actualización y ejecución del Plan Maestro estará a cargo de la respectiva entidad territorial, quien, antes de su ejecución, deberá someterlo a la aprobación de la UAEAC al igual que su revisión, actualización o cualquier modificación":

Que las anteriores responsabilidades y obligaciones son predicables y exigibles únicamente a quienes ostentan la calidad de propietario o administrador del Aeropuerto, en tratándose estos últimos de Aeropuertos administrados por entidades territoriales;

Que específicamente para el Aeropuerto del Café, esta obligación la asumió expresamente la Asociación Aerocafé, quien en virtud de la celebración del Convenio de Colaboración y Coordinación número 19000958 H3 de 2019 del 19 de junio de 2019, cuyo objeto es: "Aunar esfuerzos técnicos, financieros, administrativos y jurídicos orientados a la articulación de acciones para la estructuración y ejecución del proyecto denominado Aeropuerto del Café" ...

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