Resolución número 0051 de 2020, por la cual se realiza la incorporación restante de recursos destinados al funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para el bienio 2019-2020 - 11 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840306781

Resolución número 0051 de 2020, por la cual se realiza la incorporación restante de recursos destinados al funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para el bienio 2019-2020

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín51224

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial la prevista en los artículos 208 de la Constitución Nacional, numeral 5 del artículo 6º del Decreto-ley 3571 de 2011 y el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto número 1082 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo 1º del artículo 361 de la Constitución Política, establece que los recursos del Sistema General de Regalías no harán parte del Presupuesto General de la Nación, ni del Sistema General de Participaciones. El Sistema General de Regalías tendrá su propio sistema presupuestal que se regirá por las normas contenidas en la ley a que se refiere el inciso 2 del artículo citado. En todo caso, el Congreso de la República expedirá el presupuesto del Sistema General de Regalías.

Que la Ley 1530 de 2012, por la cual se regula la organización y elfuncionamiento del Sistema General de Regalías, dispuso, en el inciso segundo del artículo 78, que cada uno de los órganos que integran el Sistema General de Regalías a que hace mención el inciso citado, dispondrá de una sección presupuestal a través de la cual se incorporarán las apropiaciones para el ejercicio de las funciones que este ejerza en el marco del sistema, acorde con la asignación adelantada por la Constitución y la presente ley.

Que el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto número 1082 de 2015,por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional, establece que: "Incorporación en los presupuestos de las entidades públicas. Mediante acto administrativo del jefe del órgano del sistema o entidad pública designada como ejecutora de proyecto por los órganos colegiados de administración y decisión, y mediante decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los órganos colegiados de administración y decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de...

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