Resolución número 005267 de 2017, por la cual se adopta el listado de servicios y tecnologías que serán excluidas de la financiación con recursos públicos asignados a la salud - 22 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699989749

Resolución número 005267 de 2017, por la cual se adopta el listado de servicios y tecnologías que serán excluidas de la financiación con recursos públicos asignados a la salud

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50455

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 15 de la Ley 1751 de 2015 y el numeral 2 del artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la seguridad social acorde con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Carta Política, constituye de una parte un derecho irrenunciable, y de otro, un servicio público de carácter obligatorio, que conforme se desprende de su estructura, es el Estado el obligado a dirigir, coordinar y controlar su efectiva ejecución.

Que el Estado debe garantizar el derecho fundamental a la salud, mediante la adopción de políticas encaminadas a asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a tales servicios para todas las personas.

Que en los términos señalados en la Ley 1751 de 2015, el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo; comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficiente y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud; y debe ser garantizado a través de las prestaciones de salud, estructuradas sobre una concepción integral que incluya la promoción, prevención, paliación, atención de la enfermedad y rehabilitación de sus secuelas.

Que en el artículo 15 de la citada normativa se determinaron los criterios que impiden la financiación de servicios y tecnologías en salud, con recursos públicos asignados a dicho sector, previo el agotamiento de un procedimiento técnico-científico, a cargo de este Ministerio, que deberá evaluar y considerar el criterio de expertos independientes de alto nivel, de las asociaciones profesionales de la especialidad correspondiente y de los pacientes que serían potencialmente afectados con la decisión de exclusión.

Que en cumplimiento de dicha facultad, este Ministerio a través de la Resolución 330 de 2017, adoptó el procedimiento técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente, encaminado a determinar los servicios y tecnologías que deberán ser excluidos de la financiación con recursos...

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