Resolución número 0085 de 2016, por la cual se modifica la Resolución número 1453 de 27 de julio de 2009, 'por medio de la cual se adopta, por motivos de utilidad pública e interés social, el Macroproyecto de Interés Social Nacional 'Centro Occidente de Colombia San José 'del municipio de Manizales', departamento de Caldas' - 23 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 595180606

Resolución número 0085 de 2016, por la cual se modifica la Resolución número 1453 de 27 de julio de 2009, 'por medio de la cual se adopta, por motivos de utilidad pública e interés social, el Macroproyecto de Interés Social Nacional 'Centro Occidente de Colombia San José 'del municipio de Manizales', departamento de Caldas'

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín49795

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 2.2.4.2.1.4.1 del Decreto número 1077 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 1453 del 27 de julio de 2009 el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Mavdt) adoptó el Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado "Centro Occidente de Colombia San José", ubicado en el municipio de Manizales, departamento de Caldas, en aplicación de lo establecido en el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por la cual se adoptó el Plan Nacional de Desarrollo, previo cumplimiento de los trámites y requisitos establecidos en el Decreto número 4260 de 2007.

Que mediante Sentencia C-149 de 2010, la honorable Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por medio de la cual se crea la figura de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, precisando en el numeral segundo de la parte resolutiva, que esta decisión surte efectos hacia el futuro, con fundamento en lo que se transcribe a continuación:

"Para la Corte, la inconstitucionalidadde la norma acusada está determinada en términos de validezjurídica es decir, de oposición entre la ley y la Constitución, y no de eficacia. La posibilidad de que mediante megaproyectos se puedan modificar de manera automática cualquier POT del país, termina generando una grave inseguridad jurídica sobre los mismos. Resulta inadmisible que actos administrativos adoptados por una autoridad del orden nacional terminen convirtiéndose en instrumentos de planeación que se sobrepongan a los POT. Aclaró que no es que se impida la viabilidad de Macro Proyectos de interés Social Nacional, sino que ello debe hacerse bajo el marco de los principios constitucionales. Hay proyectos efectivos de intervenciones urbanísticas, pero no es interrumpiendo la autonomía de los municipios. En el caso concreto, la sentencia tiene efectos hacia el futuro, con lo cual no se produce traumatismo alguno, es decir, se aplicaría para nuevos Megaproyectos y no para aquellos que se encuentren en curso".

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Resolución número 204 de 2010, "por medio de la cual se dicta el procedimiento interno para la adopción de Macroproyectos de Interés Social Nacional, se establecen requisitos técnicos financieros y legales complementarios para su formulación y se crea el comité evaluador", a la fecha de expedición de la mencionada sentencia, el Macroproyecto de Interés Social Nacional "Centro Occidente de Colombia San José", se encontraba en etapa de ejecución.

Que mediante las Resoluciones números 1527 del 6 de agosto de 2010 y 1793 del 6 de septiembre de 2011 expedidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y las Resoluciones números 0483 del 16 de julio de 2012, 0693 del 13 de noviembre de 2013, 0902 del 29 de diciembre de 2014 y 0565 del 14 de julio de 2015 expedidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), modificaron y adicionaron la citada Resolución número 1453 de 2009, con el objeto de ajustar el planteamiento urbanístico al proceso de adquisición de los inmuebles que hacen parte del área de planificación y la estructura financiera del Macroproyecto.

Que la Empresa de Renovación Urbana de Manizales Ltda. (ERUM) como promotor del Macroproyecto, identificó la necesidad de modificar la resolución de adopción, buscando actualizar la modelación urbanística y financiera del Macroproyecto, de acuerdo con las áreas resultantes del nuevo trazado de la Avenida Colón y de la localización de usos específicos en las unidades de ejecución, así como agilizar la construcción de la vivienda y de sus usos complementarios, permitiendo así el licenciamiento y ejecución de los proyectos que componen el Macroproyecto.

Que los días 10 de junio de 2015, 4 de agosto de 2015 y 22 de octubre de 2015, se celebraron mesas de trabajo entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Empresa de Renovación Urbana de Manizales Ltda. (ERUM) y la Secretaría de Planeación de Manizales, donde se revisó el contenido del DT S que expone la modificación a la resolución de adopción.

Que la Empresa de Renovación Urbana de Manizales Ltda. (ERUM), como gestora del Macroproyecto, mediante Radicados 2015ER0119291 del 9 de noviembre de 2015 y 2015ER0130775 del 9 de diciembre de 2015, presentó el Documento Técnico de Soporte que contiene la propuesta de modificación a la Resolución número 1453 del 27 de julio de 2009, identificando la necesidad de realizar ajustes en los siguientes aspectos:

  1. Sistemas estructurantes

    1. Proyectos del sistema vial: Ajustes al sector par vial avenida colón y a toda la cartografía, claridad en cuanto a las nomenclaturas de las vías y trasladar los responsables de ejecución, determinándolos en un contenido único.

    2. Proyectos del sistema de espacio público: Actualizar los usos, áreas y normas aplicables al parque recreo deportivo, eliminar los contenidos referentes a cesiones para dejarlos consolidados en el título IV de la resolución y trasladar los plazos y responsables de ejecución, determinándolos en un contenido único.

    3. Sistema de equipamientos: Modificación de cuadro de equipamientos existentes y propuestos, la referencia normativa y eliminación de los contenidos referentes a cesiones para dejarlos consolidados en el título IV de la resolución.

    4. Proyectos estructurantes del sistema de equipamientos: Ajuste en el cuadro respecto a los usos, los plazos y responsables de ejecución de los proyectos, así como modificación de la referencia normativa.

  2. Normas urbanísticas

    1. Usos en los sectores de planificación del Macroproyecto: Ajuste del régimen de usos en el sector par vial avenida colón.

    2. Conformación del área de planificación de los sectores del macroproyecto: Unificación de las áreas urbanísticas de los sectores avanzada y par vial avenida colón.

    3. Cesiones obligatorias: Ajuste de las áreas y consolidación de las cesiones para los sectores avanzada y par vial avenida colón.

    4. Normas urbanísticas generales aplicables al sector par vial avenida colón: Ajuste de las disposiciones normativas.

    5. Potencial de vivienda: Ajuste del potencial de vivienda en los sectores avanzada y par vial avenida colón.

  3. Gestión y ejecución del macroproyecto

    1. Ajuste en los esquemas de participación referente a la asignación de subsidios del Gobierno nacional.

    2. Actualización de la estructuración financiera, así como las fuentes y usos.

    3. Incorporación de los plazos de ejecución y responsables de los proyectos que hacen parte de los sistemas estructurantes.

  4. Disposiciones finales: Inclusión de la cesión compensada y obligatoria como instrumento de gestión del suelo.

  5. Actualización del Documento Técnico de Soporte y de la cartografía del Macropro-yecto de Interés Social Nacional.

    Que de acuerdo con lo establecido en los literales a) y d) del artículo 8º de la Resolución número 204 de 2011, modificado por el artículo 5º de la Resolución número 967 de 2015, el Director de Espacio Urbano y Territorial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, emitió concepto de viabilidad urbanística y financiera de fecha 10 de diciembre de 2015, en la medida que los demás componentes no fueron objeto de ajustes por parte del promotor en su iniciativa de modificación a la resolución de adopción presentada ante el MVCT, y recomienda aprobar la solicitud de modificación a la resolución de adopción del Macroproyecto de Interés Social Nacional "Centro Occidente de Colombia San José".

    Que en cumplimiento de lo dispuesto en el literal e) del artículo 8º de la Resolución número 204 de 2011, modificado por el artículo 5º de la Resolución número 967 de 2015, corresponde al Comité Evaluador pronunciarse sobre la viabilidad de modificación a la resolución de adopción del Macroproyecto.

    Que presentado el concepto de viabilidad urbanística y financiera al comité evaluador, este recomendó dar viabilidad a la modificación de la adopción al Macroproyecto de Interés Social Nacional, según consta en el correo de fecha 18 de diciembre de 2015, de conformidad con lo establecido en la Resolución número 204 de 2011, modificada y adicionada por la Resolución número 967 de 2015.

    Que mediante comunicación con Radicado 2015EE0119388 del 18 de diciembre de 2015, la Dirección de Espacio Urbano y Territorial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dio traslado al municipio de Manizales del Documento Técnico de Soporte y sus anexos que sustentan la modificación de la Resolución número 1453 del 27 de julio de 2009.

    Que mediante comunicación con Radicado 2016R0000685 del 7 de enero de 2016, el municipio de Manizales consideró viable la propuesta de modificación.

    Que de acuerdo con el procedimiento para la elaboración de proyectos normativos de vivienda y desarrollo urbano y territorial, adoptado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el proyecto de la presente resolución fue publicado en la página web del MVCT entre los días 8 de enero del 2016 al 15 de enero de 2016, para comentarios de actores externos.

    Que mediante Radicado 2016ER0002558 de fecha 18 de enero de 2016, la señora Stella Villegas de Osorio, como Presidente de la Asociación de Fiduciarias emitió los siguientes comentarios respecto al proyecto de resolución publicada:

    "(...) En relación con el tema de los "derechosfiduciarios", laAsociación de Fiduciarias está analizando un proyecto de norma con la Superintendencia Financiera, para lo cual remitió para consideración de dicha entidad una propuesta, en la que sugiere utilizar la denominación "Contratos de fiducia de administración con vocación de...

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