Resolución número 00897 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 1796 de 2018 - 3 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 802957169

Resolución número 00897 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 1796 de 2018

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social
Número de Boletín51034

La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 61 y 65 de la Ley 489 de 1998 y 10 del Decreto 2094 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º del Decreto 2094 de diciembre 22 de 2016, definió como objetivo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social- Prosperidad Social dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a buscar la inclusión social, la reconciliación, la superación de la pobreza y la pobreza extrema,

la atención a grupos vulnerables, la atención integral a la primera infancia, infancia y adolescencia, y la atención y reparación a víctimas del conflicto armado a las que se refiere el artículo 30 de la Ley 1448 2011.

Que el 16 de julio de 2018, mediante la Resolución 1796 de 2018, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social- Prosperidad Social estableció las directrices para la aplicación del Enfoque Diferencial al interior del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, con el fin de orientar las actuaciones, pautas y lineamientos para la implementación, ejecución y desarrollo de proyectos, de planes, programas, iniciativas y estrategias misionales, reconociendo la diversidad poblacional en la atención en su contexto de ciclo vital, social, familiar, cultural, de género y por la situación de vulnerabilidad en la que se encuentren y que demanden protección especial; de acuerdo con las características particulares de la población objeto de intervención.

Que en razón a la reorganización institucional, formulada mediante la Resolución 0237 del 29 de enero de 2019, en la cual se adscribió el grupo interno de Trabajo de Enfoque Diferencial a la Subdirección General para la Superación de la Pobreza en aras de fortalecer la organización interna del Departamento y lograr mayor eficiencia y agilidad en el desarrollo de planes, programas y proyectos en atención a lo previsto en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, se torna necesario realizar los ajustes institucionales a fin de continuar con el...

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