Resolución número 0095 de 2019, por la cual se determina la implementación de lafigura de Curador Urbano en diecinueve (19) municipios de acuerdo con su actividad edificadora - 26 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 770036017

Resolución número 0095 de 2019, por la cual se determina la implementación de lafigura de Curador Urbano en diecinueve (19) municipios de acuerdo con su actividad edificadora

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín50879

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Decreto 3571 de 2011, en el Decreto 1077 de 2015 y en el parágrafo 2º del artículo 21 de la Ley 1796 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo 2º del artículo 21 de la Ley 1796 de 2016 ordenó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, determinar por acto administrativo los municipios que de acuerdo con su actividad edificadora, requieren implementar la figura de curador urbano.

Que el mencionado parágrafo establece que una vez expedido el acto administrativo, los alcaldes podrán determinar el número de curadores urbanos que requiere su municipio e iniciar el proceso de designación de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1796 de 2016, sin que en ningún caso sean menos de dos (2) curadores urbanos.

Que en este orden de ideas el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, determinó que los municipios que de acuerdo a su actividad edificadora requieren implementar la figura de curador urbano, serán aquellos municipios que se encuentran en sistema de Ciudades de conformidad con el CONPES 3819 de 2014 y cuyo promedio de licenciamiento de los últimos cinco (5) años sea superior a cien mil metros cuadrados (100.000 m2).

Que luego del procesamiento, análisis y validación de las Estadísticas de Edificación de Licencias de Construcción para 302 municipios tomadas del Departamento Administrativo Nacional de Estadística 2018, se estableció que 19 municipios cumplen con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Determinar que los siguientes 19 municipios de acuerdo con su actividad edificadora, requieren implementar la figura de curador urbano:

Artículo 2º

Antes de finalizar el segundo trimestre del año 2019, los municipios mencionados en el artículo primero, deberán definir el número de curadores urbanos que requieren en su jurisdicción, teniendo en cuenta la actividad edificadora, el volumen de las...

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