Resolución número 01051 de 2019, por medio de la cual se hace un nombramiento en provisionalidad - 20 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 827628205

Resolución número 01051 de 2019, por medio de la cual se hace un nombramiento en provisionalidad

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas
Número de Boletín51143

El Secretario General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (UAEGRTD), en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 8º de la Resolución número 00852 del 27 de noviembre de 2018, la Resolución número 00773 del 30 de octubre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 4801 de 2011, emitido por el Gobierno nacional se estableció la estructura orgánica de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

Que mediante el Decreto 4939 de 2011, el Gobierno nacional aprobó la planta global de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

Que según verificación del Grupo de Gestión de Talento y Desarrollo Humano de la Secretaría General de la Unidad, el empleo de ayudante, código 4069, grado 08, ubicado en la Secretaría General - Grupo Gestión de Seguimiento y Operación Administrativa, se encuentra en vacancia definitiva.

Que el inciso tercero del artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 00648 de 2017 "por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública", respecto de la provisión de las vacantes definitivas, prevé lo siguiente:

"Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera".

Que el Grupo de Gestión de Talento y Desarrollo Humano de la Secretaría General verificó la planta de personal de la entidad, evidenciando que no existen servidores públicos de carrera administrativa que cumplan con los requisitos para ser encargados del empleo que se encuentra en vacancia definitiva.

Que en este orden, es procedente proveer transitoriamente el mencionado empleo a través de nombramiento provisional.

Que analizada la hoja de vida de la señora Anyi Camila Jovel Tovar, identificada con la cédula de ciudadanía número 1003813047, reúne los requisitos y el perfil requerido en el...

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