Resolución número 0106 de 2019, por la cual se deroga la Resolución número 0903 del 21 de mayo de 2018 'Por la cual se crea el Comité Ambiental Interinstitucional para el apoyo y coordinación al manejo de la contingencia ambiental generada durante la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Hidroituango y se adoptan otras disposiciones' y se crea el Comité Ambiental Interinstitucional de apoyo a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) para el Seguimiento y Monitoreo de los Impactos Ambientales generados por la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Hidroituango - 4 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763853153

Resolución número 0106 de 2019, por la cual se deroga la Resolución número 0903 del 21 de mayo de 2018 'Por la cual se crea el Comité Ambiental Interinstitucional para el apoyo y coordinación al manejo de la contingencia ambiental generada durante la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Hidroituango y se adoptan otras disposiciones' y se crea el Comité Ambiental Interinstitucional de apoyo a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) para el Seguimiento y Monitoreo de los Impactos Ambientales generados por la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Hidroituango

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín50857

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución, los artículos , y de la Ley 99 de 1993, el Decreto número 3570 de 2011 y los artículos , y de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el día 21 de mayo de 2018, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, expidió la Resolución número 0903 "Por la cual se crea el Comité Ambiental Interinstitucional para el apoyo y coordinación al manejo de la contingencia ambiental generada durante la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Hidroituango y se adoptan otras disposiciones";

Que el Comité Ambiental Interinstitucional, tiene como objetivos entre otros, coordinar las acciones entre las entidades del nivel nacional, regional y local que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental, para acordar estrategias e implementar acciones y medidas en el marco de la contingencia ambiental; recibir y coordinar información que permita contribuir en la identificación de alternativas de manejo de la contingencia; coordinar la formulación de estrategias para la prevención, control, mitigación y corrección de los factores de deterioro ambiental a la fauna, la flora y los ecosistemas lagunares generados por la contingencia aguas abajo; servir de enlace con la Sala de Crisis de la UNGRD con el fin de coordinar las acciones a que haya lugar y emitir recomendaciones de los análisis, estudios, caracterización ambiental, social, y de amenazas, elementos vulnerables y riesgos en las áreas de afectación del proyecto definidas en las modelaciones de Ideam y en las propias de la empresa para su operación normal;

Que la contingencia presentada con motivo del Proyecto Hidroituango, no se limita al componente meramente ambiental, y por ello, su atención y manejo excede las competencias legales asignadas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales en el Decreto número 1076 de 2015, correspondiéndole su manejo y adecuada gestión a Hidroituango y a las entidades públicas y privadas que conforman el Sistema Nacional de Riesgo de Desastres definido por el artículo 5º de la Ley 1523 de 2012, como el "conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias, de políticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, así como la información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del riesgo en el país";

Que corresponde al Sistema...

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