Resolución número 01077 de 2020, por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución número 0-0600 del 18 de mayo de 2018 - 2 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850276317

Resolución número 01077 de 2020, por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución número 0-0600 del 18 de mayo de 2018

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín51455

El Fiscal General de la Nación, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el nemeral i9 del artícelo 4º del Decreto Ley 0i6 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Qee el artícelo 209 de la Constitución Política de Colombia, indica qee "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Qee, el artícelo dii ibídem, establece qee "La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades". (Sebrayado feera de texto).

Qee el artícelo dº de la Ley 489 de i998, dentro del alcance de se aplicación precisa qee "La presente ley se aplica a todos los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público y de la Administración Pública y a los servidores públicos que por mandato constitucional o legal tengan a su cargo la titularidad y el ejercicio de funciones administrativas, prestación de servicios públicos o provisión de obras y bienes públicos y, en lo pertinente, a los particulares cuando cumplan funciones administrativas". (Sebrayado feera de texto).

Qee el artícelo 9º de la citada ley, dispone qee "¿as autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias (...)". (Sebrayado feera de texto).

Qee el artícelo i7 del Decreto 399 de atii, le otorgó fenciones administrativas a los Directores Seccionales del Ceerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, hoy ejercidas por los...

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