Resolución número 0114 de 2019, por la cual se efectúa una distribución parcial del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la vigencia fiscal de 2019 - 11 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 777687933

Resolución número 0114 de 2019, por la cual se efectúa una distribución parcial del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la vigencia fiscal de 2019

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín50923

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial la prevista en el artículo 20 del Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional con base en la Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2019" expidió el Decreto número 2467 del 28 de diciembre de 2018, "por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la Vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos"".

Que el artículo 20 de la Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018 y artículo 20 del Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018, establecen que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución

suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden Nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos Directivos lo hará el representante legal de estos.

Estas operaciones presupuestales, se someterán a aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas.

Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención.

A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de estas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores, en la misma vigencia de la distribución.

Tratándose de gastos de inversión, la operación presupuestal descrita, en el órgano receptor se clasificará en...

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