Resolución número 0132 de 2017, por la cual se adopta una metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales en contra del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y del Fondo Nacional de Vivienda - 27 de Abril de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 678422433

Resolución número 0132 de 2017, por la cual se adopta una metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales en contra del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y del Fondo Nacional de Vivienda

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín50217

La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Nacional, artículo 41 de la Ley 489 de 1998, artículo 1º de la Ley 448 de 1998.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 1º de la Ley 448 de 1998, la Nación, las Entidades Territoriales y las Entidades Descentralizadas de cualquier orden deberán incluir en sus presupuestos de servicio de deuda, las apropiaciones necesarias para cubrir las posibles pérdidas de las obligaciones contingentes a su cargo, de conformidad con la Ley Orgánica de Presupuesto.

Que las obligaciones indicadas en el considerando anterior son aquellas obligaciones pecuniarias sometidas a condición, es decir, que su origen está sujeto a la ocurrencia de un hecho futuro e incierto. En tal sentido, las obligaciones que surjan de procesos judiciales y conciliaciones en donde una entidad del Estado sea parte, adquieren esta cualificación de contingente por cuanto su nacimiento depende de la expedición de sentencias o laudos condenatorios y suscripción de conciliaciones que impliquen para los procesos adelantados en su contra.

Que según el Capítulo V del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública que adoptó la Contaduría General de la Nación mediante la Resolución número 356 de 2007, las entidades estatales deberán llevar el registro contable de los procesos adelantados en su contra.

Que con el objeto que la entidad disponga de una información confiable, deberá atender a los principios, normas técnicas y procedimientos de que trata el Régimen de contabilidad pública aspectos a los que hace referencia el Procedimiento de Control Interno Contable, donde al enunciar los objetivos señala que deberán identificarse los procesos contables que habrán de aplicarse en el reconocimiento de los hechos económicos que generen las operaciones que afectan la contabilidad de la entidad.

Que con fundamento en el numeral 5 del artículo 2.2.3.4.1.10 del Decreto 1069 de 2015 entre las funciones del apoderado de la entidad frente al Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - Ekogui, se encuentra la de "(...) Incorporar el valor de la provisión contable de los procesos a su cargo, con una periodicidad no superior a seis (6) meses, así como cada vez que se profiera una sentencia judicial sobre el mismo de conformidad con la metodología que se defina para tal fin (...)"

Que dando aplicación a los marcos normativos anteriormente mencionados, se debe observar lo establecido en las normas de provisiones con el propósito de determinar el registro correspondiente en materia contable relacionado con los procesos judiciales, trámites arbitrales y conciliaciones extrajudiciales.

Que mediante la Circular Externa 0023 del 11 de diciembre de 2015 emanada de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado se estableció de forma referencial para todas las entidades de orden nacional, una metodología de reconocido valor técnico que puede ser utilizada para calcular la provisión contable o pasivo contingente para las entidades públicas del orden nacional, respecto de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales a su cargo.

Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado adelantó un trabajo conjunto con la Contaduría General de la Nación (CGN) tendiente a alinear la Circular Externa 0023 en los aspectos propios de los marcos normativos de contabilidad expedidos por la Contaduría General de la Nación, en convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR