Resolución número 01344 de 2020, por la cual se adopta el Protocolo de Operación con Entidades Financieras del Programa de Ingreso Solidario para Beneficiarios Bancarizados - 27 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846943727

Resolución número 01344 de 2020, por la cual se adopta el Protocolo de Operación con Entidades Financieras del Programa de Ingreso Solidario para Beneficiarios Bancarizados

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social
Número de Boletín51388

La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Prosperidad Social, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 10 del Decreto 2094 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el parágrafo 3º del Decreto Legislativo 812 de 2020, el Programa de Ingreso Solidario será administrado y ejecutado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, una vez se realicen todos los procedimientos de entrega de la operación de este programa por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Departamento Nacional de Planeación.

Que mediante la Resolución número 01215 del 6 de julio de 2020, modificada por la Resolución número 01329 del 22 de julio de 2020, se adoptaron las Resoluciones 975 del 6 de abril de 2020, 1022 del 20 de abril de 2020, 1117 del 14 de mayo de 2020 y 1165 del 22 de mayo de 2020 expedidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la administración y operación del Programa Ingreso Solidario, así como el Manual Operativo del programa vigente a la fecha de expedición de la presente resolución, además de subrogar todas las referencias normativas en las que figura el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y/o el Departamento Nacional en los que se señalen como administradores, operadores y/o ejecutores del programa Ingreso Solidario, las cuales se entenderán en cabeza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

Que, con el propósito de proteger los recursos públicos destinados al programa Ingreso Solidario, se hace necesario integrar al Manual Operativo del Programa de Ingreso Solidario, un protocolo con medidas para la prevención de errores en la operación financiera de dispersión de recursos a los beneficiarios bancarizados (incluidos financieramente).

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELV...

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