Resolución número 016 de 2015, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 031 de 2010 en lo relativo a la cobertura del Seguro de Depósitos - 31 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 579785286

Resolución número 016 de 2015, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 031 de 2010 en lo relativo a la cobertura del Seguro de Depósitos

EmisorEntidades Financieras De Naturaleza Unica - Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas
Número de Boletín49590

La Junta Directiva del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, (Fogacoop), en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 13, numeral 1 del Decreto número 2206 de 1999,

CONSIDERANDO:

Primero. Que de conformidad con el artículo 13 del Decreto-ley 2206 de 1998, corresponde a la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas Fogacoop organizar el seguro de depósitos de las entidades inscritas, para cuyos propósitos deberá ofrecer una garantía adecuada a ahorradores y depositantes.

Segundo. Que la Junta Directiva de Fogacoop expidió la Resolución número 031 de 2010 por la cual se actualizaron, modificaron y unificaron las normas relativas al seguro de depósitos y se definió el proceso general para el pago del seguro de depósitos.

Tercero. Que el equipo técnico del Banco Mundial a finales de 2014, luego de evaluar la situación particular del Fogacoop en cuanto a los niveles de reserva adecuados, la necesidad o no del coaseguro, y los niveles adecuados de cobertura del seguro de depósitos, presentó un documento con las principales conclusiones y recomendaciones.

Cuarto. Teniendo en cuenta las implicaciones que la adopción de tales recomendaciones podían tener en la Política Pública, la Junta Directiva de Fogacoop solicitó presentar las mismas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para cuyos propósitos se pusieron en conocimiento del Viceministro Técnico y del Director de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, las conclusiones y recomendaciones antes mencionadas.

Quinto. Que la Junta Directiva de Fogacoop en la sesión del pasado 24 de junio, con base en sus atribuciones legales y en especial la de garantizar la confianza del público ahorrador en el sistema cooperativo con actividad financiera y siguiendo los lineamientos definidos de común acuerdo en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

RESUELVE:

Artículo 1º El párrafo 1º del artículo 2º de la Resolución número 031 de 2010 quedará así:
Artículo 2º Valor asegurado.

El valor asegurado por el Seguro de Depósitos administrado por Fogacoop es de:

  1. Para las cooperativas Financieras autorizadas y supervisadas por la Superintendencia...

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