Resolución número 0166 de 2017, por la cual se establece la distribución de recursos para la asignación del subsidio familiar de vivienda de interés social urbana durante la vigencia presupuestal 2017
Emisor | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio |
Número de Boletín | 50203 |
El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por los artículos 57 y 59 de la Ley 489 de 1998; y por el artículo 2.1.1.1.1.2.1.1. del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través del Decreto de Liquidación número 2170 del 27 de diciembre de 2016 por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2017, se detallan apropiaciones y se clasifican y definen los gastos, determinó el presupuesto para el otorgamiento del subsidio familiar de vivienda urbana a cargo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), en valor de un billón cuatrocientos setenta mil novecientos cincuenta y ocho millones seiscientos noventa mil quinientos cincuenta pesos ($1.470.958.690.550.00), discriminados de la siguiente manera:
PROGRAMA | CONCEPTO | APORTE |
4001-1400-1 | SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA | 592.267.698.469 |
4001-1400-1-11 | OTROS RECURSOS DEL TESORO | 537.436.221.578 |
4001-1400-1-13 | RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO PREVIA AUTORIZACIÓN | 54.831.476.891 |
4001-1400-2-11 | SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA PARA POBLACIÓN DESPLAZADA REGIÓN NACIONAL | 500.000.000.000 |
4001-1400-3-11 | PROGRAMA DE COBERTURA CONDICIONADA PARA CRÉDITOS DE VIVIENDA SEGUNDA GENERACIÓN | 378.690.992.081 |
TOTAL | 1.470.958.690.550 |
Que el Gobierno nacional sancionó la Ley 1537 de 2012 "por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones", que tienen por objeto definir mecanismos que permitan el trabajo conjunto del sector privado y el sector público, para que se cumplan las metas en materia de vivienda de interés social prioritario, buscando reducir el déficit habitacional en beneficio de la población más vulnerable del país. Para tal efecto, se establecen una serie de condiciones sobre financiación de vivienda, focalización de recursos en vivienda de interés social, prioritaria y habilitación del suelo para el desarrollo de proyectos de vivienda.
Que las condiciones de vulnerabilidad de la población víctima del desplazamiento forzado, han sido ampliamente expuestas por la Corte Constitucional y organismos de control, por lo tanto el Gobierno nacional ha adoptado diversas medidas para garantizar sus derechos, reformulando la política...
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