Resolución número 0168 de 2017, por la cual se amplía la vigencia de unos Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social para áreas urbanas
Emisor | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio |
Número de Boletín | 50203 |
La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 59 de la Ley 489 de 1998; los numerales 1 y 18 del artículo 6º del Decreto-ley 3571 de 2011, el parágrafo 2º del artículo 2.1.1.1.1.4.2.5 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el parágrafo 2º del artículo 2.1.1.1.1.4.2.5 del Decreto 1077 de 2015, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se encuentra facultado para prorrogar la vigencia de los subsidios familiares de vivienda otorgados con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación.
Que mediante la Resolución número 1051 del 27 de diciembre de 2016 "Por la cual se amplía la vigencia de unos Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social para áreas urbanas", se resolvió ampliar hasta el 31 de marzo de 2017 la vigencia de algunos subsidios familiares de vivienda de interés social otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda).
Que en desarrollo del proceso de verificación adelantado por Fonvivienda, con la participación del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade) como supervisor a la correcta aplicación de los subsidios familiares de vivienda asignados por Fonvivienda y financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación, se encontró que para la terminación de varios proyectos de vivienda, se hace necesaria la ampliación de la vigencia de unos subsidios familiares de vivienda contenidos en la Resolución número 1051 del 27 de diciembre de 2016, hasta el 30 de septiembre de 2017.
Para los subsidios otorgados con cargo a los recursos del Presupuesto Nacional, cuyas resoluciones de asignación expedidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución se encuentran en trámite, tendrán el mismo término de prórroga hasta el 30 de septiembre de 2017 en procura de que se consolide el derecho fundamental a la vivienda digna de los hogares beneficiarios.
Que en mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
Ampliar hasta el día 30 de septiembre de 2017, la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda asignados por el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) a la población desplazada en los años 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, los cuales se encuentran desembolsados en las Cuentas de Ahorro Programado y/o aquellos que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.1.1.1.1.5.1.2 del Decreto 1077 de 2015, solicitaron el giro anticipado del subsidio y estos se encuentran desembolsados.
Para la movilización de los subsidios de que trata este artículo deben estar cumplidos la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.1.1.5.1.1 del Decreto 1077 de 2015.
Los subsidios familiares de vivienda sobre los que opera la ampliación de la vigencia, son los asignados mediante las siguientes resoluciones:
a concejales que pertenezcan a municipios de categorías 4, 5 y 6, y recuperadores de residuos reciclables, los cuales se encuentran desembolsados en las Cuentas de Ahorro Programado y/o aquellos que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.1.1.1.1.5.1.2 del Decreto 1077 de 2015, solicitaron el giro anticipado del subsidio y se encuentran desembolsados.
Para la movilización de los subsidios de que trata este artículo, deben estar cumplidos la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.1.1.5.1.1 del Decreto 1077 de 2015.
Los subsidios familiares de vivienda sobre los que opera la ampliación de la vigencia, son los asignados mediante las siguientes resoluciones:
Ampliar hasta el día 30 de septiembre de 2017 la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda, asignados por el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) en los años...
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