Resolución número 01691 de 2019, por medio de la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Familias en Acción - versión 5 - 28 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 801111717

Resolución número 01691 de 2019, por medio de la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Familias en Acción - versión 5

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social
Número de Boletín51028

La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto 2094 de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto 2094 del 22 de diciembre de 2016, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social es el organismo principal de la Administración Pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social según el Decreto 2094 del 22 de diciembre de 2016 y en cumplimiento de su misión institucional, tiene como objetivo, dentro del marco de sus competencias legales y reglamentarias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para la inclusión social y la reconciliación en términos de la superación de la pobreza y la pobreza extrema, la atención de grupos vulnerables, la atención integral a la primera infancia, infancia y adolescencia, y la atención y reparación a víctimas del conflicto armado a las que se refiere el artículo 3º de la Ley 1448 de 2011, el cual desarrollará directamente o a través de sus entidades adscritas o vinculadas, en coordinación con las demás entidades u organismos del Estado competentes.

Que el Decreto 2094 del 22 de diciembre de 2016, modificó la estructura interna del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, señalando en el artículo 9º numeral 3, como parte de esta a la Subdirección General de Programas y Proyectos, la cual tiene dentro de su estructura a la Dirección de Transferencias Monetarias Condicionadas, señalándose en el artículo 21 sus funciones como instancia responsable de: 1. Diseñar, formular, identificar y adoptar planes, programas, estrategias y proyectos de transferencias monetarias que permitan mejorar la calidad de vida de la población objeto del Sector de la Inclusión Social y Reconciliación; 2. Ejecutar y articular las políticas, planes, programas y proyectos de transferencias monetarias dirigidos a reducir la vulnerabilidad de la población objeto del Sector de la Inclusión Social y Reconciliación; 3. Diseñar e identificar instrumentos para la verificación del cumplimiento de los compromisos adquiridos por los beneficiarios de las transferencias monetarias entregadas por el Departamento Administrativo; 4. Definir los mecanismos de pago de las transferencias monetarias y la bancarización de los beneficiarios de las mismas; 5. Proponer y aplicar los criterios de vinculación y promoción de beneficiarios para cada uno de los programas a cargo de la dependencia y velar por su cumplimiento. 6. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la Dependencia.

Que de conformidad con la Resolución 0237 del 29 de enero de 2019, "por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones", se estableció que el Grupo Interno de Trabajo Familias en Acción que tiene, entre otras funciones la de "Efectuar la correcta ejecución de Los procedimientos del Ciclo Operativo de Familias en Acción, de acuerdo con los recursos humanos, técnicos y financieros disponibles".

Que mediante la Ley 1532 del 7 de junio de 2012, se adoptan unas medidas de política y se regula el funcionamiento del Programa Familias en Acción, como un programa del Gobierno nacional, estableciendo en el artículo 1º que: "El programa Familias en Acción desarrollará sus acciones bajo la dirección y coordinación del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, entidad encargada de regular, ejecutar, vigilar y realizar el respectivo seguimiento de las acciones, planes y mecanismos implementados en el marco de este programa".

Que mediante la Ley 1948 del 8 de enero de 2019, por medio de la cual se adoptan criterios de política pública para la promoción de la movilidad social y se regula el funcionamiento del Programa Familias en Acción, se modificaron algunos artículos de la Ley 1532 de 2012 y se adicionaron otros artículos.

Que el artículo 2º de la Ley 1532 de 2012, modificado por el artículo 2º de la Ley 1948 del 8 de enero de 2019, define el Programa en los siguientes términos: "Artículo 2º. Definición. El programa Familias en Acción consiste en la entrega condicionada y periódica de una transferencia monetaria directa a las familias en condición de pobreza y pobreza extrema. El Programa es un complemento al ingreso monetario para la formación del capital humano, la generación de movilidad social el acceso a programas de educación media y superior, la contribución a la superación de la pobreza y pobreza extrema y a la prevención del embarazo en la adolescencia...".

Que el artículo 3º de la Ley 1532 de 2012, modificado por el artículo 3º de la Ley 1948 del 8 de enero de 2019, establece los objetivos del Programa en los siguientes términos: "Artículo 3º. Objetivos. Contribuir a la superación y prevención de lapobreza, laformación de capital humano, a la formación de competencias ciudadanas y comunitarias, mediante el apoyo monetario directo y acceso preferencial a programas complementarios a las familias beneficiarias y titulares del Programa Familias en Acción. El Programa busca fomentar la asistencia a los controles de crecimiento y desarrollo de los niños y niñas de primera infancia, la asistencia y permanencia escolar en los 9 años de educación básica y 2 años de educación media, el acceso preferente a programas de educación superior y formación para el trabajo; laformación de competencias ciudadanas y comunitarias para la autonomía y el bienestar de las familias y contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia".

Que mediante la Resolución número 00178 del 23 de enero de 2017, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social adoptó el Manual Operativo del Programa Familias en Acción - versión 4.

Que, conforme a lo anterior, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, con el fin de atender las modificaciones introducidas por la Ley 1948 de 2019 y la dinámica de la implementación del programa, requiere ajustar y actualizar al Manual Operativo del Programa Familias en Acción.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Adóptese el "Manual Operativo del Programa Familias en Acción - versión 5", cuyo texto anexo hace parte integral de la presente resolución.

El Manual Operativo del Programa Familias en Acción será complementado con las Guías Operativas, por medio de las cuales se establecerán las metodologías y procedimientos específicos para cada uno de los componentes y procesos operativos del Programa, las cuales serán adoptadas por la Dirección de Transferencias Monetarias Condicionadas.

Artículo 2º La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 00178 del 23 de enero de 2017.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de junio de 2019.

Susana Correa Borrero.

MANUAL OPERATIVO FAMILIAS EN ACCIÓN

Departamento Administrativo para la Prosperidad Social Bogotá, junio 2019

TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN

1. OBJETIVO DEL MANUAL

2. ALCANCE DEL MANUAL

3. SIGLAS

4. REFERENCIAS NORMATIVAS

5. PROGRAMA FAMILIAS EN ACCIÓN

5.1 Presentación

5.1.1 Objetivos

5.1.2 Alcance

5.2 Operatividad del Programa

5.2.1 Modelo de gestión

5.2.1.1 Presentación del modelo de gestión

5.2.1.2 Estructura del modelo de gestión

  1. Estructura interna.

    · Nivel nacional

    Grupos internos de trabajo (GIT)

    - Comités internos

    · Nivel regional

  2. Estructura externa

    · Nivel nacional

    · Nivel departamental

    · Nivel municipal

    5.2.2 Participantes y cobertura territorial.

    5.2.3 Componentes e incentivos

    5.2.4 Corresponsabilidad de las familias participantes

    5.3 Componente entrega de incentivos

    5.3.1 Focalización poblacional

    5.3.1.1 Focalización familias Sisbén

    5.3.1.2 Focalización familias de la Estrategia Unidos

    5.3.1.3 Focalización familias víctimas del desplazamiento forzado

    5.3.1.4 Focalización familias indígenas

    5.3.1.5 Actores responsables del proceso de focalización

    5.3.2 Inscripción

    5.3.2.1 Requisitos y periodicidad del proceso operativo de inscripción

    5.3.3.2 Actores responsables de la inscripción

    5.3.3 Verificación de cumplimiento de compromisos

    5.3.3.1 Verificación en salud

    5.3.3.2 Verificación en educación

    5.3.3.3 Actores responsables del proceso operativo de verificación

    5.3.4 Novedades

    5.3.4.1 Actores que generan novedades

    5.3.4.2 Tipos de novedades

    5.3.4.3 Actores responsables del proceso operativo de novedades

    5.3.5 Peticiones, quejas, reclamos y denuncias

    5.3.5.1 Tipos de PQRyD y formas de presentación

    5.3.5.2 Actores responsables del proceso operativo de PQRyD

    5.3.6 Condiciones de salida

    5.3.6.1 Causas que generan la salida de los participantes del Programa

    5.3.6.2 Actores responsables del proceso operativo condiciones de salida

    5.3.7 Liquidación de incentivos

    5.3.7.1 Liquidación por tipos de incentivos

    5.3.7.2 Insumos para la liquidación de los incentivos

    5.3.7.3 Actores responsables del proceso operativo de liquidación

    5.3.8 Entrega de incentivos

    5.3.8.1 Características generales de la entrega de incentivos

    5.3.8.2 Modalidades de la entrega de incentivos

    5.3.8.3 Actores responsables de la entrega de incentivos

    5.4 Componente Bienestar Comunitario

    5.4.1 Líneas de acción del componente

    5.4.1.1 Participación social

    5.4.1.2 Articulación institucional

    5.4.2 Actores responsables componente de Bienestar Comunitario

    5.5 Resultados esperados del Programa

    6. SEGUIMIENTO Y MONITOREO AL PROGRAMA

    7. GLOSARIO

    TABLA DE CUADROS

    Cuadro No. 1. Clasificación de municipios

    Cuadro No. 2. Puntos de...

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