Resolución número 0177 de 2016, por la cual Establece la Zona Minera Especial del Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande, en jurisdicción del municipio de Magüí Payán, departamento de Nariño y se toman otras determinaciones - 25 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654354449

Resolución número 0177 de 2016, por la cual Establece la Zona Minera Especial del Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande, en jurisdicción del municipio de Magüí Payán, departamento de Nariño y se toman otras determinaciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Minería
Número de Boletín50068

El Vicepresidente de Contratación y Titulación con encargo de funciones de la Vice-presidencia de Promoción y Fomento de la Agencia Nacional de Minería, en ejercicio del encargo de funciones realizado a través de la Resolución número 771 de 12 de septiembre de 2016 y de las facultades legales establecidas en el artículo 131 de la Ley 685 de 2001 y en especial, las conferidas en el numeral 7 del artículo 17 del Decreto número 4134 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 131 de la Ley 685 de 2001 establece que, "Dentro de los terrenos baldíos ribereños, adjudicados por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria como propiedad colectiva de una comunidad negra, a solicitudde esta, la autoridad minerapodrá establecer zonas mineras especiales, y establecerá la extensión y linderos de dichas zonas. Dentro de estas zonas la autoridad concedente a solicitud de la autoridad comunitaria otorgará concesión como titular a la aludida comunidad y no a sus integrantes individualmente considerados (.)".

Que de acuerdo con el Decreto número 070 de 2001 era función del Ministerio de Minas y Energía delimitar las zonas mineras indígenas, de comunidades negras y mixtas, de acuerdo con las solicitudes presentadas por las comunidades.

Que mediante escrito radicado ante el Ministerio de Minas y Energía bajo el número 2010025100 de 19 de mayo de 2010 (Folios 1 - 6), el representante legal del Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande, solicitó el establecimiento de una Zona Minera de Comunidad Negra de acuerdo con lo establecido en los artículos 130 al 136 del Código de Minas atendiendo a los motivos de orden social y económicos que expone en su petición.

Que mediante Oficio número 20102119198 de 7 de julio de 2010, radicado ante el Ministerio de Minas y Energía, bajo el número 2010034109 de 7 de julio de 2010 (Folios 9 - 23), el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), remitió copia de la Resolución número 01130 de 23 de mayo de 2000, por medio de la cual se adjudicaron "En Calidad de Tierras de las Comunidades Negras", los terrenos baldíos ocupados colectivamente por la Comunidad Negra, organizada en el "Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande", ubicado en el municipio de Magüí (Payán), departamento de Nariño.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 4134 de 2011, el Ministerio de Minas y Energía procedió a hacer entrega a la Agencia Nacional de Minería, mediante Acta número 5 de 25 de febrero de 201 (Folios 43 -45), y Acta número 03 de 25 de febrero de 2011 (Folios 62 - 68), del expediente correspondiente de la solicitud de establecimiento y delimitación de la zona minera de Comunidad Negra por parte del Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande.

Que el numeral 1) del artículo 4 del Decreto número 4134 de 2011 establece que la Agencia Nacional de Minería (ANM), debe ejercer la función de autoridad minera o con-cedente en el territorio Nacional.

Que el numeral 7 del artículo 17 del Decreto número 4134 de 2011, asigna a la Vice-presidencia de Promoción y Fomento la función de "dirigir los estudios técnicos y sociales requeridos para señalar y delimitar las zonas mineras indígenas, de comunidades negras y mixtas, así como la declaratoria de las mismas, en los términos establecidos en la ley".

Que en los términos del concepto emitido por la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia Nacional de Minería, mediante memorando interno número 20131200111993, "la facultad de delimitar y declarar zonas mineras indígenas, de comunidades negras o mixtas se encuentra en cabeza de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento".

Que de conformidad con el Decreto número 4134 de 2011, el Ministerio de Minas y Energía procedió a hacer entrega a la Agencia Nacional de Minería mediante Acta número 3 del 4 de diciembre de 2012 y Acta número 5 del 8 de febrero de 2013 (Folios 59 - 68), del expediente correspondiente a la solicitud de delimitación y declaración de zona minera de comunidad negra por parte del Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande.

Que por parte de la Secretaría de la Mesa de Consejos Comunitarios de la Región del Telembí, se remitió copia del Certificado de Tradición del bien inmueble inscrito bajo la Matrícula Inmobiliaria número 242 - 8505, con el fin de acreditar la inscripción en el Registro de Instrumentos Públicos de los predios adjudicados al Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande, documento que fue radicado ante esta Entidad bajo el número 20145500244572 del 20 de junio de 2014 (Folios 89-91).

Que mediante memorando número 20144100118903 del 19 de junio de 2014 (Folios 106 - 107), el Grupo de Fomento solicitó al Grupo de Catastro y Registro Minero el correspondiente certificado de área libre e información correspondiente al área susceptible de delimitación y declaración de una zona minera de comunidad negra en el Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande; ante lo cual se emitió el Certificado de Área Libre ANM-CAL-331-14 y reporte gráfico ANM-RG-1654-14 del 13 de agosto de 2014, del área objeto de delimitación como Zona Minera en el Consejo Comunitario Manos Amigas del Patía Grande (Folios 114 -134).

Que a folios 135 al 149 obra Acta de Comité o Reunión de fecha 17 y 18 de septiembre de 2014, en donde se da cuenta de la presentación a los representantes de los Consejos Comunitarios de Nariño que realizó la Agencia Nacional de Minería de la figura de las zonas mineras y sus beneficios y prerrogativas al ser declaradas por la...

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