Resolución número 01866 de 2020, por la cual se modifica y reenumera la norma RAC 98 como norma RAC 212 - 'Servicio de búsqueda y salvamento' como parte de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia' - 29 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850106956

Resolución número 01866 de 2020, por la cual se modifica y reenumera la norma RAC 98 como norma RAC 212 - 'Servicio de búsqueda y salvamento' como parte de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia'

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51452

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en uso de sus facultades legales, y en especial, las conferidas en los artículos 1782 y 1844 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en los artículos 2º y 5º numerales 4, 5, 6 y 8 del Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la República de Colombia es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional, al haber suscrito el Convenio sobre Aviación Civil Internacional de Chicago de 1944, aprobado mediante la Ley 12 de 1947 y, en tal razón debe dar cumplimiento a lo acordado en dicho Convenio, y a las normas contenidas en sus Anexos;

Que, de conformidad con el artículo 37 del mencionado Convenio sobre Aviación Civil Internacional, los Estados miembros se comprometieron a colaborar con el fin de lograr el más alto grado de uniformidad posible en sus reglamentaciones aeronáuticas, para lo cual la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) creada mediante dicho Convenio, ha adoptado normas, métodos recomendados y procedimientos internacionales que se encuentran contenidos sus Anexos y en otros documentos publicados por ella, que tales Estados han de seguir en el desarrollo de sus regulaciones internas, especialmente en lo que se refiere a la atención de aeronaves en peligro;

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), como autoridad aeronáutica de la República de Colombia, en cumplimiento del mandato contenido en el mencionado Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y debidamente facultada por el artículo 1782 del Código de Comercio y el...

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