Resolución número 021 de 2021, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución 'por la cual se define una regla transitoria para la aplicación de lo previsto en el artículo 44 de la Resolución CRE G091 de 2007 - 21 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 863149881

Resolución número 021 de 2021, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución 'por la cual se define una regla transitoria para la aplicación de lo previsto en el artículo 44 de la Resolución CRE G091 de 2007

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51623

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y el artículo 32 de la Resolución CREG 039 de 2017, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

De acuerdo con lo previsto en el numeral 6 del artículo 33 de la Resolución CREG 039 de 2017, la CREG podrá publicar los proyectos específicos de regulación que pretenda expedir, con una antelación a la fecha de su expedición inferior a treinta días hábiles, y establecer un término para la recepción de las observaciones, reparos o sugerencias menor a diez días hábiles, cuando los proyectos de resolución tengan menos de cinco artículos.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 1084 del 11 de marzo de 2021, aprobó hacer público el proyecto de resolución "por la cual se define una regla transitoria para la aplicación de lo previsto en el artículo 44 de la Resolución CREG 091 de 2007".

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Hágase público el proyecto de resolución "por la cual se define una regla transitoria para la aplicación de lo previsto en el artículo 44 de la Resolución CREG 091 de 2007".

Artículo 2º Presentación de comentarios, observaciones y sugerencias.

Se invita a los agentes regulados, usuarios, autoridades competentes y demás interesados, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la publicación de la presente resolución en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deberán dirigirse al Director Ejecutivo de la Comisión, al correo electrónico creg@creg.gov. co, en el formato publicado en la página web para tal fin.

Artículo 3º Información del proyecto a la Superintendencia de Industria y Comercio.

Al vencimiento de la consulta pública, la CREG determinará si el proyecto debe ser informado a la Superintendencia de Industria y Comercio, para el ejercicio de la Abogacía de la Competencia, con fundamento en las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR