Resolución número 0224 de 2019, por la cual se modifican, adicionany compilan las disposiciones contenidas en la Resolución número 0207 del 9 de febrero de 2009 y sus modificaciones, para el Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado 'San Antonio - Ciudadela Nueva Buenaventura', localizado en el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura, Departamento de Valle del Cauca - 9 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 784328669

Resolución número 0224 de 2019, por la cual se modifican, adicionany compilan las disposiciones contenidas en la Resolución número 0207 del 9 de febrero de 2009 y sus modificaciones, para el Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado 'San Antonio - Ciudadela Nueva Buenaventura', localizado en el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura, Departamento de Valle del Cauca

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín50948

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2.2.4.2.1.1.1 del Decreto número 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1151 de 2017, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20062010, incorporó dentro de la estrategia de Ciudades Amables la figura de Macroproyectos de Interés Social Nacional, definidos como el conjunto de decisiones administrativas y actuaciones urbanísticas adoptadas por el Gobierno nacional, en los que se vinculan instrumentos de planeación, financiación y gestión del suelo para ejecutar una operación urbana de gran escala que contribuya al desarrollo territorial, de determinados municipios, distritos y regiones del país;

Que los Macroproyectos de Interés Social Nacional promueven el aumento de la oferta de suelo urbanizable para el desarrollo de programas de Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritario (VIP), especialmente en los municipios y distritos del país que concentran un importante déficit habitacional y no disponen de suelo suficiente para cubrir la demanda; vinculando otros actores interesados como entidades territoriales, Cajas de Compensación Familiar y el sector privado;

Que mediante Resolución número 0207 del 9 de febrero de 2009, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) adoptó el Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado "San Antonio", localizado en el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura, del departamento de Valle del Cauca, en aplicación de lo establecido en el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010;

Que la formulación del Macroproyecto de Interés Social Nacional "San Antonio" fue una iniciativa pública, mediante la asociación del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), (hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), de conformidad con la escisión efectuada mediante la Ley 1444 de 2011 como promotor con la Alcaldía del Distrito Especial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura;

Que mediante Sentencia C-149 de 2010, la Honorable Corte Constitucional, declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por medio de la cual se creó la figura de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, precisando en el numeral segundo de la parte resolutiva, que esta decisión surte efectos hacia el futuro, así:

"(...) Para la Corte, la inconstitucionalidad de la norma acusada está determinada en términos de validez jurídica, es decir, de oposición entre la ley y la Constitución, y no de eficacia. La posibilidad de que mediante megaproyectos se puedan modificar de manera automática cualquier POT del país, termina generando una grave inseguridad jurídica sobre los mismos. Resulta inadmisible que actos administrativos adoptados por una autoridad del orden nacional terminen convirtiéndose en instrumentos de planeación que se sobrepongan a los POT. Aclaró que no es que se impida la viabilidad de Macro Proyectos de interés Social Nacional, sino que ello debe hacerse bajo el marco de los principios constitucionales. Hay proyectos efectivos de intervenciones urbanísticas, pero no es interrumpiendo la autonomía de los municipios. En el caso concreto, la sentencia tiene efectos hacia el futuro, con lo cual no se produce traumatismo alguno, es decir, se aplicaría para nuevos Megaproyectos y no para aquellos que se encuentren en curso ". (Subrayado fuera de texto);

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Resolución número 204 de 2010, por medio de la cual se dicta el procedimiento interno para la adopción de Macroproyectos de Interés Social Nacional, se establecen requisitos técnicos financieros y legales complementarios para su formulación y se crea el comité evaluador, a la fecha de la ejecutoria de la citada sentencia, el Macroproyecto de Interés Social Nacional "San Antonio" , se encontraba en etapa de ejecución;

Que atendiendo lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto número 1490 de 2011, por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto número 4821 de 2010, que fijó los requisitos y el procedimiento para la ampliación del área de planificación de los Macroproyectos de Interés Social Nacional que se encontraban adoptados, la Oficina Coordinadora para la Prevención y Atención de Desastres de la Alcaldía Distrital de Buenaventura, expidió el 21 de junio de 2012 certificación para la reubicación de 52 familias localizadas en zonas de alto riesgo no mitigable;

Que mediante Resolución número 0934 del 27 de diciembre de 2012, por la cual se adopta por motivos de utilidad pública e interés social la ampliación del área de planificación del Macroproyecto de Interés Social Nacional "San Antonio" en el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura, Valle del Cauca, se modificó el área de planificación del Macroproyecto, incorporando 0,34 hectáreas de suelo para la construcción de 52 viviendas en las Manzanas 1, 2, 3, y 4 de la Etapa VI de la Urbanización denominada "Ciudadela Nueva Buenaventura", con el objetivo de conjurar la grave situación en el distrito de Buenaventura, afectado por el Fenómeno de la Niña 2010-2011;

Que para ejecutar las Unidades de Ejecución UE1, UE2 y las Unidades Vecinales UV12, UV15 y UV16 de la Unidad de Ejecución UE4 del Macroproyecto en el sector denominado "San Antonio" y las Manzanas 1, 2, 3, y 4 de la Etapa VI de la Urbanización denominada "Ciudadela Nueva Buenaventura ", la Curaduría Urbana número 1 expidió las siguientes licencias de urbanización y construcción: (i) Resolución número 018 de 2009: Ciudadela Nueva Buenaventura, (ii) Resolución número 147 de 2009: Unidades de Ejecución UE1 y E2, San Antonio Etapa I. (iii) Resolución número 76109-C1-105 de 2011: Modificación Licencia Unidad de Ejecución UE2, San Antonio Etapa I; y (iv) Resolución número 76109-C1-076 de 2012: Unidad de Ejecución UE4, San Antonio Etapa II;

Que mediante Resolución número 0670 del 11 de octubre de 2017, por medio de la cual se modifica y adiciona la Resolución número 0207 del 9 de febrero de 2009 "Por medio de la cual se adopta el Macroproyecto de Interés Social Nacional "San Antonio" en el Distrito de Buenaventura", expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se actualizó y precisó la estructura financiera y urbanística del Macroproyecto en correspondencia con las licencias expedidas y la ejecución de obras a la fecha de la modificación;

Que la Resolución número 0670 del 11 de octubre de 2017, consideró viable modificar la denominación del Macroproyecto como "San Antonio - Ciudadela Nueva Buenaventura" , a efectos de incorporar las Manzanas 1, 2, 3, y 4 de la Etapa VI de la urbanización "Ciudadela Nueva Buenaventura" al área de planificación del Macroproyecto de Interés Social Nacional "San Antonio";

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio como promotor del Macroproyecto de Interés Social Nacional "San Antonio - Ciudadela Nueva Buenaventura", identificó la necesidad de efectuar aclaraciones y modificaciones a la Resolución número 0207 del

9 de febrero de 2009, en cumplimiento de los compromisos establecidos por el Gobierno nacional mediante Ley 1872 de 2017, por medio de la cual se crea el "Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura y se adoptan medidas para promover el desarrollo integral del Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura", para promover el desarrollo integral de Buenaventura; en los siguientes aspectos:

  1. Ajustar el cuadro general de áreas del Macroproyecto para el sector denominado "San Antonio", como resultado de la actualización de las áreas de los sistemas estructurantes; actualizando y precisando el área de las Unidades Vecinales UV08, UV09, UV10, UV11, UV13, UV14 y UV17 de la Unidad de Ejecución UE4, de acuerdo con la ampliación de las áreas de protección ambiental de las rondas de quebradas y escorrentías del Macroproyecto.

  2. Ajustar el régimen de uso y edificabilidad del Macroproyecto, así como el potencial de vivienda en las Unidades Vecinales UV08 y UV10 (Vivienda de Interés Prioritario - VIP) concordante con el producto inmobiliario localizado en las UV09, UV11, UV13, UV14 y UV17 (Vivienda de Interés Social (VIS) y comercio de escala local y sectorial), que hacen parte de la Unidad de Ejecución UE4, para alcanzar el cierre financiero del Macroproyecto.

  3. Reformular la estructura financiera del Macroproyecto, teniendo como insumo el estado de ejecución de las cargas generales y locales a la fecha, y los productos inmobiliarios propuestos;

Que de acuerdo con lo establecido en los Literales a) y d) del artículo 8º de la Resolución número 204 de 2011, modificado por el artículo 5º de la Resolución número 967 de 2015; la Directora de Espacio Urbano y Territorial (E) del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, emitió concepto de viabilidad urbanística, técnica y financiera el 21 de diciembre de 2018, en la medida que los demás componentes no fueron objeto de ajustes en la iniciativa de modificación a la Resolución de Adopción, y recomienda realizar la modificación, adición y compilación de las disposiciones consignadas en la Resolución número 0207 de febrero 9 de 2009 que adoptó el Macroproyecto "San Antonio", Resolución de Ampliación número 0934 de diciembre 27 de 2012 que incorporó al Macroproyecto el área denominada "Ciudadela Nueva Buenaventura" y la Resolución número 0670 del 11 de octubre de 2017 que modificó la adopción del mismo;

Que la producción normativa ocupa un espacio central en la implementación de políticas públicas, siendo el medio a través del cual se estructuran los instrumentos jurídicos que materializan en gran parte las decisiones del Estado;

Que a los...

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