Resolución número 0229 de 2018, por medio de la cual se Archiva el Procedimiento Administrativo Sancionatorio de Revocatoria de la Asignación del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, gestado en contra del hogar encabezado por el señor Benjamín Enrique Amaya Rosado, identificado con cédula de ciudadanía número 5088344, beneficiario del Programa de Vivienda Gratuita en el Proyecto Urbanización Altos del Parrantial, ubicado en el municipio de Maicao, departamento de La Guajira - 8 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 708485717

Resolución número 0229 de 2018, por medio de la cual se Archiva el Procedimiento Administrativo Sancionatorio de Revocatoria de la Asignación del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, gestado en contra del hogar encabezado por el señor Benjamín Enrique Amaya Rosado, identificado con cédula de ciudadanía número 5088344, beneficiario del Programa de Vivienda Gratuita en el Proyecto Urbanización Altos del Parrantial, ubicado en el municipio de Maicao, departamento de La Guajira

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín50558

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y, de conformidad, con lo establecido en la Ley 1537 de 2012, el Decreto 1077 de 2015, y el artículo 47 y siguientes del Código de

Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, expedido mediante la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003, se consagra como función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) el "Dictar los Actos Administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

Que el artículo 2.1.1.2.1.4.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) expedirá el Acto Administrativo de Asignación del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS).

Que en el numeral 2 del artículo 2.1.1.2.6.2.3. del Decreto 1077 de 2015 se instituyen las obligaciones de los beneficiarios, en condición de propietarios, de las viviendas otorgadas a través del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, por parte del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda).

Que el numeral 2.4. del artículo 2.1.1.2.6.2.3. de la normatividad ibídem, determina como obligación de los propietarios- beneficiarios- del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, el residir en el inmueble asignado por el término mínimo de diez (10) años, contados desde el momento de la transferencia, lo que genera la imposibilidad de arrendar o entregar el bien inmueble en comodato, salvo que medie permiso de la entidad otorgante fundamentado en razones de fuerza mayor o caso fortuito.

Que el artículo 2.1.1.2.6.3.2. del Decreto 1077 de 2015 instituye las causales de revocatoria de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en cuyo numeral 4.2A delnumeral 4,alusivoalDecreto 847 de2015,se hace referenciaala inobservanciaal debe8 de habitación aelavihiend0afignadanºaperta de losmiemhros delho gerbancficiario.

Quela Subsección3 de laSección 6delCvpítulo IldelLibro nae ia mmialmdad inidem,estebleCeeltrámite frentedmcumplimientohe laSoghgacionesCbbi1gedaCen los beneficiariosdeldrogramade VlvlendaGra1uite,otorvandole faciülaadFoneoNaciorml deVmmhaaFOTvivimea) geverificarel rVmpllmlegtodeaqueliastento81momento de la traslerendaV^^viviend^TOmopo^eriOT dactode enajenaclónd^^mism^.

Qubel artíralo 2.LL2.63.3.^elscg^(^r^til 1077 de mstituye el Trámitede

Rvocatoia la Asignción del Subsidio Fmiliar de Vivienda en Especie, cuando ieacredite rnürcursióndel d0garbeVefieiario fnalguná re alounasd7las causales de recatoriadC ía dcignación eontemvladaseneíartícuk> 1.2.6.3.0. H3lV.,ei^i^^l^e r^^ilet^£L gCacuCtaa alProaedimAnto Administi8tivoSancsábatorioconsagradá m cí actíbblo27v siglei^n^^^V^lCr^^ii^^i^^l^^c^i^^d^n^^bc^ra^dr^^rd^rra^^vo^lie^ob^odrrr^i^la^^ AdminireI'atid2, oxpedido rnediantelc Lcyld37de201L

Que a1 aitlcuia Olhei CadlgadeProcrdlmiCdtoAdmmlstCaCvagde Io Contemner Adrninistrativá, naCerm1naque el acto que ponga fin al Procedimiento Administrativo 'ranoianatorio,deneráeontenre, dantro ^otraSjkdecrniónfinâlde archlVab sadCh yib corce^oneimte aundarnteretaclá^

bldci^r)r^saa^^^i^3^^lI:,e^I^lrc^^8^^lalalicritiiir^^^l^bl atais ^sp^ícíot01 deiertícuk> 4r bf laLeyláC7dr20A te Có&go de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Aaminióratlvo^nel cualsedeteriOer1c0ntenldan0l8r drecólones resultanter hr 1oc Pra^^hle^ieir^(^^iVh^nírl^r^i^'^ot1eeila^^(^1;erC^^i1c^^^att^1^il^.

í. nERáONANATURALlTtvuLARDELPROCEDimiento administrativo oancionacorio

Elpro0edimlento 8gmmiSCrativo db caeéCteCs8delbnatoriosesu1Cib en reifeiónb1 hágarquere lr^r^ie^ibd8h8b^l^l^Cltii^1^^eh,i^abta^^n^^dá]tor(ihien estentaigconVic1dVni j^Ceii^ hogar.

II.HECHOSQUEFUNDAMENTANLA DECISIÓN

El grupo familiar, encabezado por el señor BENJAMÍN ENRIQUE AMAYA ROSADO, identificado con cédula de ciudadanía número 5088344, se postuló dentro de la Convocatoria de Vivienda Gratuita denominada "Perdedores - Proceso 46 - Ags 2015 - II".

La postulación del señor Benjamín Enrique Amaya Rosado, se realizó a través de la Ca ¡a de Compensación F amiliar C.C.F. de La Guajira - Riohacha, en la Urbanización Altos delParrantial I, ubicadoen elmunicipiodeMaicao,departamento deLaGuajira.

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), en observancia a las disposiciones contenidas en el artículo 2.1.1.2.1.4.1. del Decreto 1077 de 2015, expidió en fecha veinte (20) de octubre de dos mil quince (2015) la Resolución numerada 2134, cuyo objeto comprende al tenor: "por la cual se asignan ciento noventa y ocho (198) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares que fueron seleccionados por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Urbanización Altos del Parrantial I del municipio de Maicao...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR