Resolución número (0262-2019) md-dimar-grucog de 2019, por la cual se modifican los artículos 6.1.4.1 y 6.1.4.2 y se adiciona un artículo al Título 4 de la Parte Primera del REMAC 6 'Seguros y Tarifas' expedido por la Resolución 135 del 27 de febrero de 2018, en lo referente a los seguros exigidos a los astilleros y a las empresas de buceo recreativo y/o deportivo - 16 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 779562813

Resolución número (0262-2019) md-dimar-grucog de 2019, por la cual se modifican los artículos 6.1.4.1 y 6.1.4.2 y se adiciona un artículo al Título 4 de la Parte Primera del REMAC 6 'Seguros y Tarifas' expedido por la Resolución 135 del 27 de febrero de 2018, en lo referente a los seguros exigidos a los astilleros y a las empresas de buceo recreativo y/o deportivo

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50928

El Director General Marítimo, en ejercicio de las facultades legales otorgadas en el numeral 11 del artículo del Decreto Ley 2324 de 1984, en el numeral 4 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 5 del artículo del Decreto Ley 2324 de 1984 determina que la Dirección General Marítima tiene la función de regular, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la seguridad de la navegación en general y la seguridad de la vida humana en el mar.

Que el numeral 11 del artículo 5 establece como función y atribución de la Dirección General Marítima la de autorizar, inscribir y controlar el ejercicio profesional de las personas naturales y jurídicas dedicadas a las actividades marítimas en especial las de practicaje, remolque, agenciamiento marítimo, corretaje de naves y de carga, portuarias, estiba, dragado, clasificación, reconocimiento, bucería, salvamento y comunicaciones marítimas y expedir las licencias que correspondan.

Que el artículo 99 del Decreto Ley 19 de 2012 contempló, entre los requisitos para expedir licencia de explotación comercial a las empresas dedicadas a la prestación de servicios marítimos, la presentación de un seguro de cumplimiento y de responsabilidad civil extracontractual.

Que el numeral 4 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009 establece como función de la Dirección General Marítima dictar las reglamentaciones técnicas relacionadas con las actividades marítimas y la seguridad de la vida humana en el mar.

Que mediante Resolución 419 del 26 de agosto de 2014, se estableció el monto de las garantías que deben constituir las empresas de servicios marítimos.

Que se hace necesario modificar lo concerniente a las garantías y seguros exigidos a las empresas dedicadas a la actividad marítima de astilleros y buceo recreativo y/o deportivo.

Que dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5º de la Resolución número 135 del 27 de febrero de 2018, se hace necesario modificar el Título 4 de la Parte Primera del REMAC 6 "Seguros y Tarifas" en lo concerniente.

En mérito de lo anterior, el...

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