Resolución número 02815 de 2018, por la cual se crea el Comité Directivo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social
Emisor | Departamentos Administrativos - Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social |
Número de Boletín | 50804 |
La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 209 de la Constitución Política y el Decreto 2094 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, "la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".
Que el artículo 3º del Decreto 2094 de 2016 determina que el Departamento Administrativo para la Social tiene como objetivo dentro del marco sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para la inclusión social y la reconciliación en términos de la superación de la pobreza y la pobreza extrema, la atención de grupos vulnerables, la atención integral a la primera infancia, infancia y adolescencia, y la atención y reparación a víctimas del conflicto armado a las que se refiere el artículo 30 de la Ley 1448 de 2011, el cual desarrollará directamente o a través de sus entidades adscritas o vinculadas, en coordinación con las demás entidades u organismos del Estado competentes.
Que el numeral 17 del artículo 10 del citado decreto establece como función del Director del
Departamento Administrativo para la Prosperidad Social crear, conformar y asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Departamento.
Que en virtud del principio de eficacia, se hace necesario establecer una instancia de asesoría, articulación y coordinación al interior de la Entidad, en temas relacionados con su funcionamiento y quehacer misional.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Crear el Comité Directivo de Prosperidad Social como instancia coordinadora, asesora y articuladora de la gestión de la Entidad.
El Comité Directivo de Prosperidad Social estará integrado por:
-
El (la)...
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