Resolución número 0285 de 2019, por la cual se fijan las tarifas por los servicios que presta la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y el valor de los costos asociados a la expedición de los datos públicos de extranjeros, para la vigencia 2019 - 26 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 770036309

Resolución número 0285 de 2019, por la cual se fijan las tarifas por los servicios que presta la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y el valor de los costos asociados a la expedición de los datos públicos de extranjeros, para la vigencia 2019

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Número de Boletín50879

El Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 del artículo 4º de la Ley 961 del 5 de julio de 2005, los numerales 14 y 16 del artículo 10 y el artículo 33 del Decreto-ley 4062 de 2011, en concordancia con el Artículo 2.2.1.11.7.5. del Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 9613 de 6 de julio de 2005, se regularon las tasas para la prestación de los servicios del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley 961 de 2005, los hechos generadores por los servicios que presta el Departamento Administrativo de Seguridad son, la expedición de cédula de extranjería, la prórroga de permanencia en el territorio nacional de extranjeros, la expedición de salvoconductos de permanencia y salida del país y la certificación de movimientos migratorios de nacionales y extranjeros.

Que según lo previsto en el numeral 1 del artículo4 4º de la citada ley, "el Director del DAS es la autoridad administrativa autorizada para establecer las tarifas por los servicios que presta el DAS, de acuerdo con el método y el sistema para la determinación del costo de los servicios y la forma de repartirlo entre los usuarios".

Que el parágrafo 1º del artículo 4º5 de la Ley 961 de 2005 estableció que en ningún caso las tarifas por los servicios de que trata dicha ley podrán superar a las que venía cobrando el DAS al 17 de marzo de 2005 incrementadas cada año, a partir del 1º de enero de 2006, en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Que el artículo 33 del Decreto-ley 4062 de 2011, "por el cual se crea la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, se establece su objetivo y estructura" establece: "Todas las referencias que hagan las disposiciones vigentes al Departamento Administrativo de Seguridad y a la Subdirección de Extranjería, que tengan relación con las funciones expresadas en el presente Decreto, deben entenderse referidas a Migración Colombia (...)".

Que el artículo 3º del Decreto-ley 4062 de 2011 dispuso que el objetivo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia es "ejercer las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR