Resolución número 0286 de 2018, por la cual se autoriza a la Nación para celebrar una Operación de Manejo de Deuda Pública Externa - 7 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 702441629

Resolución número 0286 de 2018, por la cual se autoriza a la Nación para celebrar una Operación de Manejo de Deuda Pública Externa

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50500

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 2.2.1.1.3 y 2.2.1.4.2. del Decreto 1068 de 2015, las Resoluciones número 2650 del 12 de noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 9 de septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.3 del Decreto 1068 de 2015, constituyen operaciones de manejo de deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de deuda de la misma, entre las cuales se encuentran las operaciones de coberturas de riesgos. Así mismo, estas operaciones no constituyen un nuevo financiamiento y no afectan el cupo de endeudamiento;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.4.2 del Decreto 1068 de 2015 la celebración de operaciones para el manejo de la deuda externa de la Nación requerirá autorización, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse siempre y cuando se demuestre la conveniencia y justificación financiera de la operación y sus efectos sobre el perfil de la deuda;

Que el 12 de enero de 2018 la Nación celebró el Contrato de Empréstito Externo número 8806-CO "Segundo Préstamo Programático de Desarrollo Sostenible y Crecimiento Verde" con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) (el Contrato de Préstamo) por la suma de quinientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 500.000.000);

Que la Nación proyecta celebrar una operación de manejo de deuda pública externa consistente en una cobertura sobre el riesgo financiero relacionado con eventos de terremoto que afecten al país, en virtud de la cual, en caso de materializarse dicho riesgo se dará lugar a un pago cuya destinación será el cumplimiento de las obligaciones crediticias de la Nación;

Que la operación de manejo de la que trata el considerando anterior, se instrumentalizará mediante un Acuerdo Suplementario al Contrato de Préstamo, el cual forma parte Integral del mismo y en el cual se establecen los términos y condiciones de la Transacción CAT;

Que mediante memorando número 3-2018-001746 del 2 de febrero...

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