Resolución número 0288 de 2020, por la cual se modifican los artículos 1ºy 3º y se subroga el anexo de la Resolución 1067 del 24 de diciembre de 2015, en lo relacionado con los lineamientos para la formulación de metas de cobertura, calidad, continuidad y aseguramiento en el acceso a agua potable y saneamiento básico - 4 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845062790

Resolución número 0288 de 2020, por la cual se modifican los artículos 1ºy 3º y se subroga el anexo de la Resolución 1067 del 24 de diciembre de 2015, en lo relacionado con los lineamientos para la formulación de metas de cobertura, calidad, continuidad y aseguramiento en el acceso a agua potable y saneamiento básico

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín51335

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de las facultades legales y en especial, las conferidas en el numeral 1.1.1. del artículo 2.3.5.1.6.1.36. del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, 1077 del 26 de mayo de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 1067 del 24 de diciembre de 2015, se establecieron los lineamientos para la formulación de las metas de cobertura, calidad y continuidad en la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo; y se determinaron los indicadores específicos y estratégicos para el desarrollo de la actividad de monitoreo al uso y ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB);

Que posterior a la entrada en vigencia de la Resolución 1067 de 2015, se adoptaron por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, políticas de gran importancia

para el sector, con el fin de ampliar las coberturas de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo a través de los Decretos 1898 de 2016 y 1272 de 2017;

Que por medio de la Resolución 0098 de 2019, se modificó parcialmente la Resolución 1067 de 2015 en lo relacionado con los indicadores específicos y estratégicos para el desarrollo del monitoreo a los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico;

Que con relación a lo anterior, la Ley 1955 de 2019, por la cual se adoptó el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, "Pacto por Colombia, pacto por la Equidad" en el artículo 279, señaló que los municipios y distritos deben asegurar la atención de las necesidades básicas de agua para consumo humano y doméstico y de saneamiento básico de los asentamientos humanos de áreas urbanas de difícil gestión, y en zonas rurales, implementando soluciones alternativas colectivas o individuales, o mediante la prestación del servicio público domiciliario de...

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