Resolución número (0298-2020) md-dimar-cp05-alitma de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 0987-2018 del 5 de diciembre de 2018, en el sentido de ampliar el tiempo autorizado para ejecución de las obras del proyecto marina Cartagena II, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena - 4 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851779783

Resolución número (0298-2020) md-dimar-cp05-alitma de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 0987-2018 del 5 de diciembre de 2018, en el sentido de ampliar el tiempo autorizado para ejecución de las obras del proyecto marina Cartagena II, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín51488

El Capitán de Puerto de Cartagena, en uso de sus facultades legales conferidas en la Resolución número 0378-2019 MD-DIMARSUBDEMAR-ALIT 17 de mayo de 2019, en concordancia con lo establecido en el numeral 21 del artículo del Decreto-ley 2324 de 1984, del artículo 3º del Decreto número 2150 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º, numeral 511 del Decreto-ley 2324 de 1984, es una de las funciones de la Dirección General Marítima, entre otras, regular, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la seguridad de la navegación en general y la seguridad de la vida humana en el mar.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 166 del Decreto-ley 2324 de 1984, las playas, los terrenos de bajamar y las aguas marítimas son bienes de uso público y por tanto, están destinados al uso común de todos los habitantes.

Que en concordancia con lo anterior, el artículo 177 del Decreto-ley 2324 de 1984 establece que corresponde a la Dirección General Marítima determinar la extensión máxima utilizable para las construcciones de muelles, malecones, embarcaderos, diques secos, varaderos, astilleros, islas artificiales y otras construcciones similares que se autoricen en los bienes bajo su jurisdicción.

Que corresponde a la Dirección General Marítima expedir los actos y realizar las operaciones para el cumplimiento de sus funciones, así mismo, autorizar y controlar las concesiones y permisos en las aguas, terrenos de bajamar, playas y demás bienes de uso público de las áreas de su jurisdicción.

Que la Ley 1523 del 24 de abril de 2012, por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones, establece que "La gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano".

Que frente a este asunto particular, es de tener en cuenta que el artículo 82 de la Constitución Política de Colombia consagra que "Es deber del Estado velar por la protección de la...

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