Resolución número 03238 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo segundo de la Resolución 1466 de 1988 - 11 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 819837377

Resolución número 03238 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo segundo de la Resolución 1466 de 1988

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51103

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere los artículos 1773, 1782, 1790 y 1815 del Código de Comercio, en concordancia con los artículos 47 y 48 de la Ley 105 de 1993, y el artículo 5º, numeral 6 del Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto en el Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil es la autoridad en materia aeronáutica en todo el territorio nacional y le compete regular, administrar, vigilar y controlar el uso del espacio aéreo colombiano por parte de la aviación civil y coordinar las relaciones de esta con la aviación de Estado; correspondiéndole también dirigir, organizar, coordinar y regular técnicamente el transporte aéreo. Asimismo, desarrollar, interpretar y aplicar en todos sus aspectos las normas sobre aviación civil y transporte aéreo.

Que de acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 48 de la Ley 105 de 19931, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil con el fin de especializar los aeropuertos del país podrá regular el uso del equipo que debe operar en cada uno de ellos.

Que el Decreto 264 de 19882 en su artículo primero estableció la destinación del Aeropuerto Olaya Herrera que sirve para el funcionamiento de la aviación general y la operación regular secundaria.

Que las resoluciones 3943 de 19943, 2867 de 19974 y 2561 de 20015 establecieron lo relativo a las regiones para la operación regular desde y hacia el Aeropuerto Olaya Herrera.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 adoptó el Plan Estratégico Aeronáutico 2030, con la visión de movilizar 100 millones de pasajeros y 1,5 millones de toneladas, estableciendo en el eje temático de conectividad la construcción de una red de servicios de transporte aéreo eficiente que una las regiones del país con las zonas apartadas de producción y de consumo, mediante una red de servicios de transporte aéreo apoyada desde el Gobierno nacional en condiciones que hagan posible responder al crecimiento acelerado del sector.

Que si bien el aeropuerto Olaya Herrera alcanzó altos...

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