Resolución número 037 de 2021, por la cual se modifica el plazo indicado en la Resolución número 033 de febrero 2 de 2021 expedida por la Contaduría General de la Nación, para los reportes de Informa ón Contable Pública, Estados Financieros con sus notas y Evaluación de Control Inte no Contable, con corte a diciembre 31 de 2020, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública CHIP, para algunas entidades - 8 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862277167

Resolución número 037 de 2021, por la cual se modifica el plazo indicado en la Resolución número 033 de febrero 2 de 2021 expedida por la Contaduría General de la Nación, para los reportes de Informa ón Contable Pública, Estados Financieros con sus notas y Evaluación de Control Inte no Contable, con corte a diciembre 31 de 2020, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública CHIP, para algunas entidades

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación
Número de Boletín51610

El Contador General de la Nación, en uso de sus atribuciones Constitucionale y legales, en especial las que le confieren los literales c) y g) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996 y los numerales 3 y 8 del artículo 4º del Decreto número 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Contaduría General de la Nación (CGN) expidió la Resolución número 03 de febrero 26 de 2021, por la cual se prorrogan los plazos establecidos en las Resolucio es CGN números 706 de 2016, 193 de 2020 y 025 de 2021, para el reporte de la informa ón financiera con corte a diciembre 31 de 2020, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública CHIP.

Que mediante el artículo 16 de la Resolución número 706 de diciembre 16 de 20 5 y sus modificaciones, se establece la información a reportar, los requisitos y plazos para el reporte de información a la Contaduría General de la Nación, por parte de las entida es sujetas al ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública, definiend el plazo para el reporte de la Categoría CGN16_EVALUACIÓN_CONTROL_INTERNO_ CONTABLE hasta el 28 de febrero de 2021.

Que mediante el artículo 1º de la Resolución número 193 de diciembre 3 de 2020, se modificó el artículo 2º de la Resolución número 441 de 2019, indicando que "A partir del corte de presentación del informe de cierre para la vigencia 2020, las entidades públicas incluidas en el Régimen de Contabilidad Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución número 354 de 2007, modificada por la Resolución número 156 de 2018, y demás normas que la modifiquen o sustituyan deberán presentar sus notas a los estados financieros, cumpliendo con la estructura uniforme detallada en el documento anexo denominado "PLANTILLA PARALA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN UNIFORME

DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, el cual incluye aspectos para la preparación de las notas...".

Que el parágrafo 3º del artículo 16 de la Resolución número 706 de 2016, adicionado por el artículo 4º de la Resolución número 193 de diciembre 3 de 2020 define que "El juego completo de estados financieros que incluyen las notas que las entidades presentan a la Contaduría General de la Nación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR