Resolución número 03739 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 12829 de 2017 que reglamenta las Cuentas Maestras para la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones en Educación en sus componentes de prestación del servicio, cancelaciones, calidad matrícula y calidad gratuidad - 6 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 704782785

Resolución número 03739 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 12829 de 2017 que reglamenta las Cuentas Maestras para la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones en Educación en sus componentes de prestación del servicio, cancelaciones, calidad matrícula y calidad gratuidad

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín50527

La Ministra de Educación Nacional, en ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley 715 de 2001 y el artículo 140 de la Ley 1753 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto-ley número 028 de 2008, el Ministerio de Educación Nacional tiene la competencia de realizar monitoreo a los recursos que conforman la partida de educación del Sistema General de Participaciones.

Que según el numeral 3.1 del artículo 3º del Decreto-ley número 28 de 2008, la actividad de monitoreo comprende "la recopilación sistemática de información, su consolidación, análisis y verificación, para el cálculo de indicadores específicos y estratégicos de cada sector, que permitan identificar acciones u omisiones por parte de las entidades territoriales que puedan poner en riesgo la adecuada utilización de los recursos del Sistema General de Participaciones".

Que para efectos del ejercicio de dicha competencia de monitoreo, sobre los recursos del Sistema General de Participaciones que reciben los Fondos de Servicios Educativos del componente de calidad-gratuidad, el Ministerio de Educación Nacional ha dispuesto el Sistema de Información de Fondos de Servicios Educativos (SIFSE), posibilitando así el reporte del uso de los recursos de dichos fondos de servicios educativos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto número 4807 de 2011 y la Resolución número 16378 de 2013.

Que el artículo 140 de la Ley 1753 de 2015 dispuso que "Los recursos del Sistema General de Participaciones se manejarán a través de cuentas bancarias debidamente registradas que solo acepten operaciones de débitos por transferencia electrónica a aquellas cuentas bancarias que pertenecen a beneficiarios naturales o jurídicos identificados formalmente como receptores de estos recursos. La apertura de las cuentas maestras por parte de las entidades territoriales se efectuará conforme la metodología que para el efecto determine cada ministerio sectorial que gira los recursos. (...)".

Que en virtud de dicho artículo, el Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución número 12829...

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