Resolución número 03759 de 2016, por medio de la cual se autoriza a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), realizar la desafectación de una infraestructura vial al interior del Contrato de Concesión No. 0664 de 1994, para su simultánea afectación al Contrato de Asociación Público Privada de Iniciativa Privada que resulte de la adjudicación del proceso VJ-VE-APP-IPV-002-2016, cuyo objeto corresponde a 'La financiación, los estudios, diseños, construcción, operación, mantenimiento, gestión social, predial y ambiental de los accesos norte a la ciudad de Bogotá D. C.', y se adoptan otras determinaciones - 9 de Junio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 642469333

Resolución número 03759 de 2016, por medio de la cual se autoriza a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), realizar la desafectación de una infraestructura vial al interior del Contrato de Concesión No. 0664 de 1994, para su simultánea afectación al Contrato de Asociación Público Privada de Iniciativa Privada que resulte de la adjudicación del proceso VJ-VE-APP-IPV-002-2016, cuyo objeto corresponde a 'La financiación, los estudios, diseños, construcción, operación, mantenimiento, gestión social, predial y ambiental de los accesos norte a la ciudad de Bogotá D. C.', y se adoptan otras determinaciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín49899

El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en el artículo 2º numeral 2.17 y en el artículo 7 numeral 7.7 del Decreto número 2618 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) tiene por objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.

Que el numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto 2618 de 2013, señala como función a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura la entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en desarrollo de los contratos de concesión" .

Que el 24 de noviembre de 1994 entre el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Unión Temporal Desarrollo Vial del Norte de Bogotá (Devinorte) se suscribió el Contrato de Concesión número 0664 de 1994, cuyo objeto corresponde a "Estudios, diseños definitivos, las obras de rehabilitación, la construcción, la operación, el mantenimiento y la administración fiduciaria del proyecto vial denominado 'Desarrollo Vial del Norte de Bogotá'en el departamento de Cundinamarca".

Que en desarrollo de los alcances del mencionado Contrato, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) ha informado al Instituto Nacional de Vías (Invías) que la siguiente infraestructura vial se encuentra afectada en la actualidad al contrato de concesión número 0664 de 1994, la cual fue entregada en su oportunidad por el Instituto y se suma a la propia construida por Concesionario:

RUTA SECTORES PROYECTO ABSCISAS ENTIDAD A CARGO
PR INICIAL PR FINAL
45A04 El Buda-La Caro PR1+650 PR5+800 Obra construcción nueva (ANI)
5501 La Caro-Briceño PR7+360 PR21+000 Invías
5501 Calle 245-Kr 7-La Caro PR2+000 PR7+360 Invías
5501 Variante y Puente Sindamanoy PR9+500 PR10+200 Obra construcción nueva (ANI)
5501 Briceño Interiores PR18+700 PR20+500 Obra construcción nueva (ANI)
45A04 La Caro-Centro Chía PR5+800 PR7+400 Invías
45A04 Variante y Puente Teletón PR5+400 PR7+400 Obra construcción nueva (ANI)
45A04 Centro Chía-J.R. PR7+400 PR11+600 Invías
45A04 J.R.-Cajicá PR11+600 PR16+000 Invías
45ACNA Variante Cajicá-J.R.-Capellanía PR11+500 PR16+000 Obra construcción nueva (ANI)
45A04 Capellanía-Puente Portachuelo PR16+000 PR22+800 Invías
45A04 Puente Portachuelo-Zipaquirá PR22+800 PR25+373 Invías
45A04 Puente Portachuelo-cruce Ubaté PR22+800 PR26+000 Obra construcción nueva (ANI)
45A04 Glorieta T de Portachuelo PR26+000 Obra construcción nueva (ANI)
45A04 Estación de peaje Andes PR-02+750 Invías
5501 Estación de peaje Fusca PR 4+000 Obra construcción nueva (ANI)
45A04 Estación de peaje Teletón PR 6+000 Obra construcción nueva (ANI)

Que mediante el Decreto-ley 1800 del 26 de junio de 2003, el Presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias a él conferidas por la Ley 790 de 2002, creó el Instituto Nacional de Concesiones (INCO), como un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa y financiera, con el objeto de "planear, estructurar, contratar, ejecutar y administrar los negocios de infraestructura de transporte que se desarrollen con participación del capital privado y en especial las concesiones, en los modos carretero, fluvial, marítimo, férreo y portuario".

Que el mencionado decreto-ley estableció entre otros, que el Instituto Nacional de Vías (Invías) debía subrogar y ceder al Instituto Nacional de Concesiones (INCO) a título gratuito, los convenios y contratos vigentes relacionados con el cumplimiento de la misión institucional de este último; motivo por el cual, mediante Resolución Invías número 003783 de 2003, el Instituto cedió y subrogó a título gratuito el Contrato de Concesión número 0664 de 1994 celebrado con la Unión Temporal Desarrollo Vial del Norte de Bogotá (Devinorte).

Que mediante Decreto número 4165 del 3 de noviembre de 2011, se modificó la naturaleza jurídica y la denominación del Instituto Nacional de Concesiones (INCO) por la de Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), agencia nacional estatal de naturaleza especial, del sector descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Transporte que tiene por objeto según lo previsto en el artículo 3º "(...) planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público - Privada -APP, para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de trasporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo de infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo, dentro del respeto a las normas que regulan la distribución de...

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