Resolución número 03759 de 2016, por medio de la cual se autoriza a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), realizar la desafectación de una infraestructura vial al interior del Contrato de Concesión No. 0664 de 1994, para su simultánea afectación al Contrato de Asociación Público Privada de Iniciativa Privada que resulte de la adjudicación del proceso VJ-VE-APP-IPV-002-2016, cuyo objeto corresponde a 'La financiación, los estudios, diseños, construcción, operación, mantenimiento, gestión social, predial y ambiental de los accesos norte a la ciudad de Bogotá D. C.', y se adoptan otras determinaciones
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías |
Número de Boletín | 49899 |
El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en el artículo 2º numeral 2.17 y en el artículo 7 numeral 7.7 del Decreto número 2618 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) tiene por objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.
Que el numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto 2618 de 2013, señala como función a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura la entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en desarrollo de los contratos de concesión" .
Que el 24 de noviembre de 1994 entre el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Unión Temporal Desarrollo Vial del Norte de Bogotá (Devinorte) se suscribió el Contrato de Concesión número 0664 de 1994, cuyo objeto corresponde a "Estudios, diseños definitivos, las obras de rehabilitación, la construcción, la operación, el mantenimiento y la administración fiduciaria del proyecto vial denominado 'Desarrollo Vial del Norte de Bogotá'en el departamento de Cundinamarca".
Que en desarrollo de los alcances del mencionado Contrato, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) ha informado al Instituto Nacional de Vías (Invías) que la siguiente infraestructura vial se encuentra afectada en la actualidad al contrato de concesión número 0664 de 1994, la cual fue entregada en su oportunidad por el Instituto y se suma a la propia construida por Concesionario:
RUTA | SECTORES PROYECTO | ABSCISAS | ENTIDAD A CARGO | |
PR INICIAL | PR FINAL | |||
45A04 | El Buda-La Caro | PR1+650 | PR5+800 | Obra construcción nueva (ANI) |
5501 | La Caro-Briceño | PR7+360 | PR21+000 | Invías |
5501 | Calle 245-Kr 7-La Caro | PR2+000 | PR7+360 | Invías |
5501 | Variante y Puente Sindamanoy | PR9+500 | PR10+200 | Obra construcción nueva (ANI) |
5501 | Briceño Interiores | PR18+700 | PR20+500 | Obra construcción nueva (ANI) |
45A04 | La Caro-Centro Chía | PR5+800 | PR7+400 | Invías |
45A04 | Variante y Puente Teletón | PR5+400 | PR7+400 | Obra construcción nueva (ANI) |
45A04 | Centro Chía-J.R. | PR7+400 | PR11+600 | Invías |
45A04 | J.R.-Cajicá | PR11+600 | PR16+000 | Invías |
45ACNA | Variante Cajicá-J.R.-Capellanía | PR11+500 | PR16+000 | Obra construcción nueva (ANI) |
45A04 | Capellanía-Puente Portachuelo | PR16+000 | PR22+800 | Invías |
45A04 | Puente Portachuelo-Zipaquirá | PR22+800 | PR25+373 | Invías |
45A04 | Puente Portachuelo-cruce Ubaté | PR22+800 | PR26+000 | Obra construcción nueva (ANI) |
45A04 | Glorieta T de Portachuelo | PR26+000 | Obra construcción nueva (ANI) | |
45A04 | Estación de peaje Andes | PR-02+750 | Invías | |
5501 | Estación de peaje Fusca | PR 4+000 | Obra construcción nueva (ANI) | |
45A04 | Estación de peaje Teletón | PR 6+000 | Obra construcción nueva (ANI) |
Que mediante el Decreto-ley 1800 del 26 de junio de 2003, el Presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias a él conferidas por la Ley 790 de 2002, creó el Instituto Nacional de Concesiones (INCO), como un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa y financiera, con el objeto de "planear, estructurar, contratar, ejecutar y administrar los negocios de infraestructura de transporte que se desarrollen con participación del capital privado y en especial las concesiones, en los modos carretero, fluvial, marítimo, férreo y portuario".
Que el mencionado decreto-ley estableció entre otros, que el Instituto Nacional de Vías (Invías) debía subrogar y ceder al Instituto Nacional de Concesiones (INCO) a título gratuito, los convenios y contratos vigentes relacionados con el cumplimiento de la misión institucional de este último; motivo por el cual, mediante Resolución Invías número 003783 de 2003, el Instituto cedió y subrogó a título gratuito el Contrato de Concesión número 0664 de 1994 celebrado con la Unión Temporal Desarrollo Vial del Norte de Bogotá (Devinorte).
Que mediante Decreto número 4165 del 3 de noviembre de 2011, se modificó la naturaleza jurídica y la denominación del Instituto Nacional de Concesiones (INCO) por la de Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), agencia nacional estatal de naturaleza especial, del sector descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Transporte que tiene por objeto según lo previsto en el artículo 3º "(...) planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público - Privada -APP, para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de trasporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo de infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo, dentro del respeto a las normas que regulan la distribución de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba