Resolución número 0378 de 2014, por la cual se otorga una concesión a la Corporación Cívica Playa Mendoza y se autorizan unas obras sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla - 8 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 584678350

Resolución número 0378 de 2014, por la cual se otorga una concesión a la Corporación Cívica Playa Mendoza y se autorizan unas obras sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49659

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto ley 2324 de 1984 y numerales 1 y 2 del artículo

  1. del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Carlos Arturo Paternostro Simancas, en su calidad de Representante Legal de la Corporación Cívica Playa Mendoza, entidad sin ánimo de lucro, mediante oficio del 15 de noviembre de 2012, radicado el 27 de noviembre de 2012 en la Capitanía de Puerto de Barranquilla, solicitó un bien de uso público en concesión para el desarrollo de un proyecto turístico, en el sector de Playa Mendoza en el municipio de Tubará.

Que con la solicitud formal fueron allegados los siguientes documentos e información:

  1. Memoria descriptiva del proyecto turístico, así como planos y 01 CD, que contienen la ubicación, descripción y detalles del área y las obras solicitadas por la Corporación Cívica Playa Mendoza;

  2. Informe del 5 de junio de 2012, correspondiente a la inspección ocular realizada por la Secretaría de Planeación e Infraestructura del municipio de Tubará, al área de playa que la Corporación Cívica Playa Mendoza pretende le sea entregada en concesión;

  3. Certificación del 6 de junio de 2012, emitida por el Alcalde Municipal de Tubará, en la que manifiesta que el día 4 de junio de 2012, a través de la Secretaría de Planeación se realizó visita de inspección a las áreas solicitadas en concesión y constató que la zona de playa no está ocupada por otra persona distinta al solicitante y el municipio de Tubará no tiene destinado esa área al desarrollo de ningún proyecto en el momento; si a futuro hubiese la necesidad de utilizar este predio en algún proyecto productivo será retomado por el municipio. Además el proyecto planteado por el solicitante está de acuerdo al entorno paisajístico y turístico del sector;

  4. Certificado número DM - 025/2012 del 9 de julio de 2012, mediante la cual el Coordinador del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo, hace constar que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo no adelanta ningún proyecto turístico que pueda ser interferido o afectado en la zona de uso público solicitada en concesión, ubicado en el municipio de Tubará en el sector denominado Playa Mendoza;

  5. Certificación sobre consulta a los planes de expansión portuaria número 026 del 3 de agosto de 2012, emitida por el Director de Infraestructura del Ministerio de Transporte, en la que deja constancia que la zona a intervenir, solicitada en el oficio de fecha 13 de julio de 2012, radicado con el número 2012-321-049901-2, no existe proyecto de desarrollo portuario, concesión portuaria otorgada, no trámite para el otorgamiento de concesión, permiso o licencia portuaria en la zona señalada anteriormente;

    f). Certificación del 2 de octubre de 2012, a través de la cual el Secretario de Planeación de la Alcaldía del municipio de Tubará manifiesta que el proyecto se encuentra sujeto a las normas de uso del suelo contempladas en el Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio (EOT) vigente;

  6. Oficio número 6424 del 13 noviembre de 2012 suscrito por el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA), mediante el cual manifiesta que "de acuerdo a lo establecido en el Pomcay el EOTdel sitio localizado en las coordenadas suministradas se encuentra clasificadas en la siguiente zonificación: Zona de Ecosistema Estratégico Priorizado, Zona de Producción, Centros Poblados y Zona de Ecosistema Estratégico. En consideración a lo anterior y teniendo en cuenta que el proyecto que se pretende adelantar es de carácter turístico, es viable ambientalmente".

    Así mismo, establece las disposiciones para continuar con la operación el proyecto;

  7. Certificado de Existencia y Representación Legal de la entidad sin ánimo de lucro, Corporación Cívica Playa Mendoza, expedida el 19 de noviembre de 2012, por la Cámara de Comercio de Barranquilla;

  8. Certificación número 096 de 27 de enero de 2014 donde el Ministerio del Interior informa que en el área del proyecto turístico "Playa Mendoza", localizado en el municipio de Tubará, departamento del Atlántico, no se registra la presencia de Comunidades Indígenas, Minorías y ROM, ni Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras;

  9. Anexo "A", CT.03-A-CP03-ALITMA-613 del 29 de enero de 2013, elaborado por el Responsable del Área de Litorales y Áreas Marinas de la Capitanía de Puerto de Barranquilla, respecto a la solicitud de concesión presentada por la Corporación Cívica Playa Mendoza;

  10. Constancia de la verificación realizada por la Subdirección de Desarrollo Marítimo de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes, para el uso y goce de un bien de uso público en la Capitanía de Puerto de Barranquilla, con vigencia al 3 de marzo de 2019;

  11. Edicto fijado el 8 de febrero de 2013, a las ocho horas (08:00R) y desfijado el 21 de marzo de 2013 a las dieciocho horas (18:00R), en la Secretaría de la Capitanía de Puerto de Barranquilla;

  12. Copia de las tres (3) publicaciones del edicto efectuadas en el periódico El Espectador, los días 17 de febrero, 3 y 19 de marzo de 2013;

  13. Con oficio del 2 de junio de 2013, el Capitán de Puerto de Barranquilla modifica el CT. 03-A-CP03-ALITMA-613 del 29 de enero de 2013, e incluye en el numeral 4.1 las siguientes obras: Instalaciones de mampostería y palmeras sobre la vía en material de relleno y dos áreas adyacentes en la carretera de aproximadamente 160 palmeras de coco a cada extremo.

    Que con Oficio número 13201300805 MD-DiMAR-CP03-ALiTMA del 28 junio de 2013, la Capitanía de Puerto Barranquilla, envió a la Dirección General Marítima, la solicitud de concesión de la Corporación Cívica Playa Mendoza y la documentación correspondiente.

    Que la Subdirección de Desarrollo Marítimo de esta Dirección General, emitió el Informe Técnico número CT. 013-A-SUBDEMAR-ALIT-613 del 20 de mayo de 2014, contenido en siete (7) folios útiles y un (01)...

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