Resolución número 0406 de 2019, por la cual se delegan unas funciones para declarar la prescripción de la acción de cobro de obligaciones - 19 de Junio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 794897421

Resolución número 0406 de 2019, por la cual se delegan unas funciones para declarar la prescripción de la acción de cobro de obligaciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50989

La Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia, en uso de las facultades conferidas en la Resolución 1898 de 2010

CONSIDERANDO:

Que el artículo 53 de la Ley 1739 de 2014, que modificó el artículo 817 del Estatuto Tributario establece la competencia para decretar la prescripción de la acción de cobro en los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respectivos, o de los servidores públicos de la respectiva administración, o en quien estos deleguen dicha facultad y será decretada de oficio o a petición de parte.

Que el artículo 1.6.2.7.1 del Decreto número 1625 de 2016 señala la competencia para expedir el acto administrativo que decreta la prescripción de la acción de cobro establecida

en el artículo 817 del Estatuto Tributario, en los Directores Seccionales de Impuestos y/o Aduanas Nacionales o de los servidores públicos en quienes estos deleguen dicha facultad y se decretará de oficio cuando ocurra el hecho o, a solicitud de parte, dentro del término de respuesta al derecho de petición.

Que el inciso segundo del artículo 49 del Decreto número 4048 de 2008, dispone que, las funciones previstas en las normas pertinentes para quienes desempeñen las jefaturas de las Direcciones Seccionales, pueden ser delegadas en empleados públicos de las dependencias correspondientes, mediante resolución proferida por el respectivo Director Seccional, previa autorización del Director General.

Que mediante Resolución número 1898 de febrero 26 de 2010, el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, autoriza la Delegación de funciones para decretar prescripciones de la acción de cobro, entre otros, a los Jefes de Grupo Interno de Gestión de Cobranzas y Jefe de División de Gestión de Recaudo y Cobranzas de las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas Nacionales, cuando la cuantía de las obligaciones a prescribir por deudor, incluidos los intereses y sanciones, no superen las 50.000 y 500.000 UVT respectivamente.

Que para efectos de garantizar la eficiencia, eficacia y celeridad en el procedimiento de normalización de saldos y...

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