Resolución número 04196 de 2018, por la cual se autoriza la entrega de una infraestructura vial a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), para ser afectada al desarrollo del proyecto de iniciativa privada 'Avenida Longitudinal de Occidente Tramo Sur (ALO Sur) - 4 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 731038749

Resolución número 04196 de 2018, por la cual se autoriza la entrega de una infraestructura vial a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), para ser afectada al desarrollo del proyecto de iniciativa privada 'Avenida Longitudinal de Occidente Tramo Sur (ALO Sur)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín50644

El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en el artículo 2º numeral 2.17 y en el artículo 7º numeral 7.7 del Decreto número 2618 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) tiene por objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y de la infraestructura marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.

Que el numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto 2618 de 2013, señala como función a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías): "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura la entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en desarrollo de los contratos de concesión" .

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º del Decreto 4165 de 2011, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) tiene por objeto: "planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público Privada (APP), para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo de infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo, dentro del respeto a las normas que regulan la distribución de funciones y competencias y su asignación".

Que el 24 de febrero de 2016 mediante radicado número 20165260151742, y el 26 de febrero de 2016 mediante radicado número 2016-409-015684-2, ante el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) respectivamente, la Promesa de Sociedad Futura Alo Sur S.A.S., presentó el Proyecto de Asociación Público Privada de Iniciativa Privada denominado "Alo Sur", cuyo alcance consiste en "la construcción, operación y mantenimiento de la Avenida Longitudinal de Occidente Tramo Sur", en una longitud de 24 kilómetros que comprende la ALO desde el enlace con la Avenida calle 13 en Bogotá, hasta el enlace con la Autopista Sur en el sector Chuzacá Municipio de Soacha.

Que el proyecto en mención abarca la utilización e intervención de la siguiente infraestructura vial, la cual se encuentra actualmente a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías):

Que mediante Acta del 7 de abril de 2016 del Comité de Seguimiento del Convenio de Cooperación Interinstitucional de Movilidad, suscrita entre el Ministerio de Transporte, la Gobernación de Cundinamarca y la Alcaldía Mayor de Bogotá, se estableció con relación al proyecto "Alo Sur" que el Distrito revisará las iniciativas presentadas para este corredor, determinando el proyecto más conveniente para la ciudad de Bogotá, de tal manera que una vez se defina, el mismo sea remitido para evaluación por parte de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

Que con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado anteriormente, el 30 de septiembre de 2016 se suscribe entre la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), el Convenio Interadministrativo número 018 de 2016, cuyo objeto corresponde a "Aunar Esfuerzos Entre el IDUy la ANI, para la Estructuración y Evaluación del proyecto denominado" "ALO SUR".

Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) por intermedio del radicado Invías número 2961 de fecha 18 de enero de 2018, le solicita al Instituto Nacional de Vías (Invías) la entrega de la infraestructura vial que se encuentra a su cargo y se requiere para la ejecución del proyecto "Alo Sur" , en los siguientes términos:

"Como es de su conocimiento, la Agencia Nacional de...

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