Resolución número (0424-2018) md-dimar-subafin-grudhu de 2018, por la cual se establece y se dan lineamientos para conceder horario laboral flexible para los funcionarios de la planta de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional -Dirección General Marítima y los funcionarios de la planta de empleados públicos de la Armada Nacional en comisión en la Dirección General Marítima - 5 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 727904465

Resolución número (0424-2018) md-dimar-subafin-grudhu de 2018, por la cual se establece y se dan lineamientos para conceder horario laboral flexible para los funcionarios de la planta de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional -Dirección General Marítima y los funcionarios de la planta de empleados públicos de la Armada Nacional en comisión en la Dirección General Marítima

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50615

El Director General Marítimo, en ejercicio de sus facultades constitucionales y, legales, en especial las que le confiere el numeral 1 del artículo 2º del Decreto número 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del artículo 2º del Decreto número 5057 del 30 de diciembre de 2009, "por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional -Dirección General Marítima", establece como función del Despacho del Director General Marítimo, entre otras, dirigir las actividades de la Dirección General Marítima y el funcionamiento de sus dependencias y personal con sujeción a la ley, los decretos y los reglamentos.

Que el artículo 54 del Decreto-ley número 1790 de 2000, establece que los servidores públicos, deben prestar sus servicios dentro de la jornada legal de ocho (8) horas o la reglamentaria de la respectiva repartición, unidad o dependencia, sin perjuicio de la permanente disponibilidad.

Que el numeral 14 del artículo 8º del Decreto-ley número 1790 de 2000, establece como deber de los servidores públicos dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.

Que mediante el artículo 2.2.5.5.53 del Decreto número 648 del 19 de abril de 2017, el Departamento Administrativo de la Función Pública, establece que los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva...

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