Resolución número 0445 de 2016, por la cual se autoriza a Ecopetrol S. A. para celebrar un empréstito interno con Bancolombia S. A., hasta por la suma de novecientos noventa mil millones de pesos ($990.000.000.000) moneda legal colombiana - 24 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 599399818

Resolución número 0445 de 2016, por la cual se autoriza a Ecopetrol S. A. para celebrar un empréstito interno con Bancolombia S. A., hasta por la suma de novecientos noventa mil millones de pesos ($990.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49796

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio radicado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el número 1-2016-010335 del 10 de febrero de 2016, Ecopetrol S. A. solicitó autorización para contratar un crédito interno bilateral con la banca comercial, hasta por novecientos noventa mil millones de pesos ($990.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados para financiar el plan de inversiones de la compañía, los nuevos negocios que apruebe la Junta Directiva, los costos financieros (fees, comisiones, entre otros) asociados a las mismas operaciones y propósitos corporativos generales que incluyen operaciones de capital de trabajo, entre otros;

Que el artículo 6 de la Ley 781 de 2002, establece que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto 1068 de 2015, establece que la celebración de contratos de empréstito por las entidades estatales con participación del Estado Superior al cincuenta por ciento e inferior al noventa por ciento de su capital, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

Que Ecopetrol S. A. es una Sociedad de Economía Mixta, de carácter comercial, organizada bajo la forma de sociedad anónima, del orden nacional, y con participación del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social;

Que según consta en la certificación del 4 de febrero de 2016 suscrita por la Secretaria General de Ecopetrol S. A., la Junta Directiva de Ecopetrol S. A., en su sesión ordinaria del día 11 de diciembre de 2015, Acta número 231, con el fin de contar con las fuentes necesarias para cumplir con los requerimientos del flujo de caja de la Compañía, por unanimidad autorizó al Representante Legal o al funcionario autorizado según el Manual de Delegaciones de Ecopetrol, para contratar créditos locales bilaterales y/o sindicados con la banca comercial, por valor de hasta $1,8 billones y otorgar las garantías a las que haya lugar. Igualmente, autorizó al Representante Legal o al funcionario autorizado según el Manual de Delegaciones de Ecopetrol para suscribir todos los documentos pertinentes y las garantías a las que haya lugar;

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficios números SC-20134380924731 y SC-20144380119281 del 24 de diciembre de 2013 y 7 de febrero de 2014, respectivamente, emitió concepto favorable para que Ecopetrol S. A. celebre operaciones de crédito público internas o externas de corto y/o largo plazo, así como sus actos o contratos asimilados o conexos, la emisión de bonos de deuda interna o externa, la emisión de papeles comerciales internos o externos, préstamos provenientes de subordinadas colombianas o extranjeras, el otorgamiento de garantías, las operaciones de manejo de deuda y demás acciones relacionadas, por un monto de hasta USD 8.500 millones durante el período 2014-2016, con el propósito...

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