Resolución número (0446-2019) md-dimar-cp05-alitma de 2019, por la cual se otorga a la sociedad Desarrollos Serena del Mar Sucursal Colombia, una concesión para el desarrollo del proyecto 'Guayepito Unidad de Gestión Marítima 6 (UGM-6) '', sobre un bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena - 29 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 822026921

Resolución número (0446-2019) md-dimar-cp05-alitma de 2019, por la cual se otorga a la sociedad Desarrollos Serena del Mar Sucursal Colombia, una concesión para el desarrollo del proyecto 'Guayepito Unidad de Gestión Marítima 6 (UGM-6) '', sobre un bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín51121

El Capitán de Puerto de Cartagena, en uso de sus facultades legales conferidas en la Resolución número (0378-2019) MD-IMAR-SUBDEMAR-ALIT 17 de mayo de 2019, en concordancia con lo establecido en el numeral 21 del artículo del Decreto Ley 2324 de 1984, del artículo 3º del Decreto número 2150 de 1995.

CONSIDERANDO:

Que el señor Rafael Simón del Castillo Trucco, identificado con la cédula de ciudadanía número 79155962, en calidad de representante legal de la sociedad Desarrollos Serena del Mar Sucursal Colombia, con NIT 900407235-7, solicitó el 19 de diciembre de 2017 la concesión para el desarrollo de un proyecto denominado Guayepito Unidad de Gestión Marítima 6 (UGM-6), localizada en el Corregimiento de Manzanillo del Mar en la ciudad de Cartagena de Indias, D.T. y C. - Bolívar;

Que con la solicitud fueron aportados los siguientes documentos:

- Memoria descriptiva proyecto de concesión Guayepito Unidad de Gestión Marítima 6 (UGM6) elaborado por H&O S.A.S. de febrero de 2017.

- Certificado de existencia y representación de la empresa Desarrollos Serena del Mar Sucursal Colombia, con NIT 900407235-7, otorgado por la Cámara de Comercio de Bogotá.

- Certificación número AMC-OFI-0068824-2015 del 26 de agosto de 2015, emitida por la Secretaria de Planeación Distrital en la cual emite su concepto respecto a 'El proyecto de Concesión Guayepito-Unidad de Gestión Marítima 6 (UGM6). Coordenadas identificadas en el Informe Técnico AMC-OFI-0067683-2015, en los siguientes términos:

Con relación al primer punto, las áreas requeridas e identificadas dentro de la solicitud presentada, para adelantar trámite de concesión ante Dimar, delimitadas en las coordenadas detalladas en los informes técnicos referidos, actualmente no están ocupadas por otra persona. Asimismo, le indicamos conforme al segundo punto que las

áreas descritas en la solicitud no están destinadas a ningún uso oficial por parte del Distrito de Cartagena.

En cuanto al tercer punto, le informamos que el proyecto no ofrece inconvenientes área el Distrito, no obstante por estar en una Zona Verde de Protección (ZVP), estas áreas deben ser precisadas por parte de la autoridad ambiental competente, de acuerdo con el parágrafo del articulo 5º y el artículo 26 del Plan de Ordenamiento Territorial y demás normas que sean aplicables a este suelo. Así mismo deberá tener en cuenta el Decreto número 063 del 2006, la Resolución número 768 del 2005 POMCH (Plan de Manejo de la Cuenca Hidrográfica de la Virgen). Resolución número 176 de 2008 (Zonificación de los manglares). Además en cumplimiento del parágrafo del artículo 9º de la Ley 810 de 2003, las concesiones deberán sujetarse a las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial.

(Cursiva fuera del texto).

- Certificación número 0839 del 19 de mayo de 2017, expedida por la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique) mediante la cual se otorga viabilidad al permiso de ocupación de causes para construir dos (2) estructuras tipo puente o Box culvert y otro mediante tuberías Rib Steel, que permita el normal flujo de las aguas, a la sociedad Desarrollos Serena del Mar Sucursal Colombia, registrada con NIT 900407235-7 apoderada general de la Empresa de Desarrollo Los Morros Sucursal Colombia, con NIT 900.124.007-9 representada legalmente por el señor Rafael Simón del Castillo Trucco, para facilitar las actividades propias del proyecto "Concesión Guayepito Unidad de Gestión Marítima 6-UGM6", la fuente hídrica es el caño Guayepito, en un área de 53,6 ha, en Manzanillo del Mar en el Corregimiento de La Boquilla, en la Zona Norte del Distrito de Cartagena de Indias, en las coordenadas: E 844825.34 Y N 1655602.91, Y E 844819.1909 y N 1655304.9062.

- Certificación número 1238 del 3 de septiembre de 2013, proferida por la Directora de Consulta Previa del Ministerio del Interior a través del cual certificó que en el área de interés del presente proyecto, se registra la presencia de los Consejos Comunitarios de la Comunidad Negra de Villa Gloria, comunidad negra de Tierra Baja y Comunidad Negra de la Unidad Comunera de Manzanillo del Mar.

- Acta del 7 de mayo de 2014 de Etapa de Formulación de Acuerdos y Protocolización concertados dentro del proceso de Consulta Previa, adelantado con el Consejo Comunitario de Manzanillo del Mar, por la empresa Desarrollos Serena del Mar Sucursal Colombia, con la participación de la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, la Procuraduría Regional de Bolívar, la Defensoría del Pueblo y la Autoridad Marítima -Convocatoria número OFI-14-0000173131-

DCP-2500.

- Certificación DM-38 del 31 agosto de 2017, mediante la cual la suscrita Coordinadora del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo hace constar que la Nación a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo NO adelanta en la actualidad proyecto turístico que pudiera requerir el uso y goce de las playas...

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